La abogada Thanya Pastor se refirió al caso de desafuero de Norman Quijano, diputado del Parlamento Centroamericano (Parlacen) por El Salvador, y argumentó el por qué si es posible aplicar dicha acción por medio de los siguientes artículos de la Constitución de la República:
«El inciso 1° del art. 236 de la Constitución dice que de delitos cometidos, los Funcionarios responderán ante la Asamblea», escribió la abogada desde su redes sociales quien agregó explicó que:
«El art. 144 establece que los tratados son leyes de la República. Una ley no está sobre nuestra Constitución, art. 246. La Constitución prevalece», pronunció.
Esta reacción la abogada Thanya Pastor fue luego de las declaraciones del diputado de ARENA, René Portillo Cuadra, quien sostuvo que esa (el desafuero a Norman Quijano) no es una potestad de la Asamblea Legislativa, y que en todo caso, deberá peticionarse al propio Parlamento Centroamericano, quien hace unos días lo juramentó como diputado de dicha institución. Luego de ausentarse del país por casi seis meses tras ser requerido por la justicia salvadoreña por negociar con pandillas para favorecer a ARENA.
Por su parte, el presidente Nayib Bukele, se pronunció de esta manera en su cuenta de Twitter:
«Y los que dicen defender la constitución, ¿por qué ahora exigen que no se aplique? Queda claro que en realidad nunca han defendido la constitución, sino solo a los delincuentes», escribió el mandatario salvadoreño.
Cabe también mencionar que ayer, miércoles 3 de noviembre, la Asamblea Legislativa aprobó, con 65 votos, crear una comisión especial que tiene como objetivo estudiar la petición de antejuicio hecha por la Fiscalía General de la República (FGR) para retirar el fuero a Norman Quijano, diputado del Parlamento Centroamericano (Parlacen) por El Salvador.