Las reformas de la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial avaladas ayer crean un sistema de evaluación permanente de conductores, que consiste en la acumulación de puntos en función de las infracciones cometidas, que podrá desencadenar en la suspensión de la licencia de conducir.
Cuando se extienda la licencia se le indicará al conductor cuántos puntos puede acumular (ver tabla) por cada infracción que cometa y las consecuencias del proceso de acumulación, se explica en el artículo 120 b de la reforma de ley.
Por ejemplo, la licencia juvenil tiene asignados ocho puntos y la liviana 15, junto con la licencia pesada, de carga y de transporte colectivo. Cuando el conductor incurra en una infracción leve acumulará un punto, por una grave serán tres puntos y por una muy grave, seis.
Si el conductor supera por primera vez los puntos asignados, quedará inhabilitado por el Viceministerio de Transporte (VMT) para conducir por dos años; si reincide, será por cinco años; por tercera ocasión, 10 años, y la cuarta vez llevará a la suspensión permanente de la licencia.
Esa suspensión será declarada administrativamente por el VMT o judicialmente cuando haya una sentencia definitiva en contra del conductor responsable de homicidio culposo o lesiones culposas, por el tiempo que la autoridad requiera.