La noche de este 23 de noviembre, la Asamblea Legislativa aprobó la ley simplificada de adquisiciones para obras municipales, que garantizará que la recién creada Dirección Nacional de Obras Municipales (DOM) contrate y adquiera bienes y servicios de forma más expedita y sin trámites engorrosos.
La DOM fue creada el 17 de noviembre pasado y será la encargada de ejecutar los proyectos de infraestructura y desarrollo en los 262 municipios, en sustitución del trabajo que desarrollaban las alcaldías, el Instituto Salvadoreño de Desarrollo Municipal (Isdem) y el Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local (FISDL).
Tras el aval de la normativa, que recibió 63 votos a favor, en su artículo 8 se garantiza que todos los procesos de adquisición «serán abiertos, justos y competitivos», y que los contratos únicamente serán adjudicados a «proveedores y contratistas calificados», y con la «capacidad y experiencia» para suministrar los productos y servicios requeridos por la DOM.
Para garantizar la transparencia en los procesos, la ley determina que no podrán ser ofertantes o contratistas de bienes y servicios el presidente y el vicepresidente de la república, los diputados propietarios y suplen – tes de la Asamblea y del Parlamento Centroamericano (Parlacen), los concejos municipales, el Consejo de Ministros, los titulares del ministerio público y los servidores de la DOM.
Cuando la dirección haga una licitación de bienes y servicios para construir obras de desarrollo en los municipios, con presupuesto menor o igual a los $80,000, será aprobada por el subdirector ejecutivo; las mayores a ese monto, hasta los $200,000, serán avaladas por el director ejecutivo. Los procesos licitatorios mayores a los $200,000 serán aprobados por la junta directiva.
La DOM también podrá adquirir bienes y servicios por contratación directa. Cuando el monto sea menor o igual a los $10,000 será aprobado por el director ejecutivo; cuando sea mayor a ese monto, lo hará la junta.
En tanto, la DOM no se regirá por la Lacap, lo que permitirá, según la Asamblea, una atención más expedita a las necesidades de los habitantes en los municipios.