La Asamblea Legislativa aprueba reforma al Código Procesal Penal para que los delitos de corrupción no prescriban y sean retroactivos sus juzgamientos.
Los diputados avalaron el dictamen favorable emitido por la comisión de legislación y puntos constitucional del congreso para con la reforma al artículo 32 de la legislación procesal penal.
La enmienda incorpora al Código Procesal Penal la imprescriptibilidad y retroactividad en su juzgamiento en los delitos de peculado, peculado por culpa, concusión, negociaciones ilícitas, exacción, cohecho propio y cohecho impropia.
Asimismo, no prescribirán y serán procesados de forma retroactiva los ilícitos de malversación, enriquecimiento ilícito, infidelidad en la custodia de registros o documentos públicos, cohecho activo, soborno transnacional, tráfico de influencias, entre otros.
La comisión de legislación y puntos constitucional del congreso escuchó en el marco de la discusión de la enmienda al fiscal general, Rodolfo Delgado; al ministro de justicia y seguridad pública, Gustavo Villatoro; a la procuradora general, Miriam Aldana y al procurador de los derechos humanos, Apolonio Tobar.