Los feminicidios ya no prescribirán en El Salvador. Los diputados acordaron con 69 votos a favor, reformar los artículos 32 y 34 del Código Procesal Penal para que ni el feminicidio ni el feminicidio agravado prescriban.
Esta decisión sienta un precedente histórico, ya que ambos delitos prescribían a los 10 y 15 años de haberse cometido, y si no se iniciaba la acción penal en ese lapso, ya no se podría hacer.
Las diputadas que conforman la comisión de la Mujer e Igualdad de Género analizaron la propuesta y recibieron diversos insumos para determinar la importancia de las reformas.
La aprobación se hizo en la jornada matutina de la sesión plenaria 96 de la Asamblea Legislativa, y se prevé que para la parte vespertina, los diputados aprueben una reforma a la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres (LEIV), en el mismo sentido de la no prescriptibilidad de ambos delitos.