En una audiencia especial, la Cámara Primera de lo Penal de San Salvador nombró y juramentó a tres peritos que realizarán un análisis patrimonial que determinará el monto que el diputado desaforado del partido ARENA, Alberto Armando Romero Rodríguez, lavó.
El imputado está guardando prisión por los delitos de lavado de dinero y enriquecimiento ilícito que la Fiscalía General de la República le atribuye.
El pasado 16 de septiembre al finalizar la audiencia inicial los magistrados de la Cámara Primera de lo Penal decretaron la prisión preventiva para Romero Rodríguez y otorgaron al ministerio público cuatro meses de instrucción para que amplíe las investigaciones y presente nuevas pruebas y se realicen las diligencias útiles previo a la audiencia preliminar que definirá si el expediente es elevado a juicio.
«El objetivo de esta audiencia es en primer momento entregar la documentación que será objeto de la pericia y en este caso en vista que la defensa particular ha ofertado también un perito es la juramentación de este profesional», dijo uno de los fiscales del caso.
El representante del ministerio público agregó que los peritos deberán entregar el dictamen con las conclusiones del monto con el cual el acusado se enriqueció y que posteriormente blanqueó a través de varias modalidades.
«Al exfuncionario público, la Fiscalía General de la República lo acusa de lavado de dinero y activos y enriquecimiento ilícito, por un monto de $1,612.388.00 aproximadamente», destaca la institución.
La Unidad Especializada contra el Lavado de Dinero y Activos del ministerio público menciona que la acusación tiene su origen en informes que envió la Sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en los cuales se detectó un incremento patrimonial no justificado.
Cuando revisaron sus cuentas bancarias y otros productos financieros a su nombre y su familia, determinaron que a través de la reestructuración de fondos incurrió en el blanqueo de dinero.
Romero Rodríguez ya tiene una condena civil por las inconsistencias que determinar un incremento patrimonial entre el 1 de mayo de 2009 al 30 de abril de 2012, y del 1 de mayo de 2012 al 30 de abril de 2015.
Esta condena fue impuesta bajo la Ley de Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos que data de 1959, la cual establece un régimen sancionatorio consistente en multas para que devuelvan al Estado el dinero obtenido de forma indebida.
Capturan a pareja por sustraer dinero de subsidios otorgados por el CENADE