La Ley Bitcóin fue reformada ayer por la Asamblea Legislativa, durante la sesión plenaria ordinaria 41, con el propósito de «asegurar su mejor aplicabilidad de cara a las necesidades de la población, garantizando su eficacia y permanencia como curso legal y facilitando la práctica en su implementación».

Dicha iniciativa atiende a algunos acuerdos a los que llegó El Salvador con el Fondo Monetario Internacional (FMI), reformando el artículo 1 para aclarar que el uso del bitcóin es de «aceptación voluntaria», tanto para personas naturales o jurídicas con total participación privada.

Además, el decreto modifica el artículo 3 y detalla que todo precio podrá ser «convertido» y no «expresado» en bitcóin.

En el artículo 5 se detalla que «los intercambios en bitcóin no estarán sujetos a impuestos sobre las ganancias de capitales», mientras que el 7 se reformó para establecer que solo las personas jurídicas y empresas privadas pueden aceptar el bitcóin como pago.

Por otra parte, señala que el Banco Central de Reserva y la Superintendencia del Sistema Financiero serán las entidades encargadas de emitir las normativas correspondientes, según el artículo 11.

Los artículos 4, 8 y 9 quedarán derogados a partir de la entrada en vigor del decreto, que será en 90 días después de su publicación en el «Diario Oficial».

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