La alcaldía de San Salvador continúa infraccionando a aquellos ciudadanos que no hacen uso de las pasarelas o de las zonas peatonales tal como lo establece la Ordenanza para la Convivencia Ciudadana promulgada por la municipalidad.

El artículo 62 del citado instrumento jurídico contempla multas de entre $15 y $50 para «quien cruce la vía o calzada fuera de zona peatonal, lo haga de forma imprudente, y no utilice para cruzar la pasarela cuando la misma se encuentre a una distancia no mayor de 100 metros».

El Cuerpo de Agentes Metropolitanos (CAM) es el encargado de imponer las sanciones a los infractores de la ordenanza y para ello su personal ha sido desplazado a lo largo y ancho del territorio de la ciudad de San Salvador.

Los ciudadanos que se han infraccionados deberán de pagar la sanción en un plazo máximo de 10 días hábiles; sin embargo, estos también tienen derecho a apelar de la misma ante la Oficina Contravencional de la municipalidad.