La Cámara Ambiental de Segunda Instancia de Santa Tecla, La Libertad, admitió a la Fiscalía General de la República la prueba presentada en el juicio civil en contra de exdiputado de GANA, Manuel Rigoberto Soto Lazo y su esposa Vanessa María Hándal de Lazo.
La siguiente diligencia a realizarse es la audiencia probatoria [última del proceso] en la que los magistrados definirán si el exfuncionario y su cónyuge se enriquecieron de forma indebida.
Fiscales de la Unidad Anticorrupción, plantearon en la audiencia preparatoria que ambos tuvieron un incremento patrimonio injustificado de $392,989.62, entre el 1 de mayo del 2012 al 30 de abril del 2015, período en el cual Soto Lazo fungió como diputado en la Asamblea Legislativa por Usulután.
La demanda tiene como base, documentación certificada por la Sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que detectó enriquecimiento ilícito luego de analizar las declaraciones juradas de inicio y cese de funciones.
En total son 25 irregularidades cuestionadas y tiene que ver con depósitos en efectivo en cuentas de ahorro y cuentas corrientes, adquisición de vehículos, pagos a préstamo y pagos a tarjetas de crédito, resultados negativos entre los ingresos y egresos ya que gastaban más de lo que ganaban.
A Soto Lazo le reprochan 18 irregularidades por un monto de $332,409.19 y a Vanessa María Hándal de Lazo, la señalan de un enriquecimiento ilícito de $60,585.43 en siete inconsistencias.
La Unidad Anticorrupción ha señalado que no se sabe de donde salieron los fondos detectados pues no pudieron justificar ese incremento patrimonial, pese a que Probidad los emplazó para que lo demostraran y al no desestimar se elaboró un informe para que Corte Plena ordenara enjuiciarlos.
La Fiscalía cuando interpuso la demanda solicitó aplicarles la Ley de Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos de 1959, la cual establece un régimen sancionatorio consistente en multas para que devuelvan al Estado el dinero obtenido de forma indebida.
Basándose en los artículos 20 y 21 de la normativa, la Unidad Anticorrupción ha logrado que el caso pase hasta la audiencia probatoria con la pretensión sean condenados como responsables de enriquecimiento ilícito sin causa justa y se les sancione a restituir al Estado el dinero sustraído y que además se les inhabilite para ejercer cualquier cargo público durante 10 años.






