La Asamblea Legislativa reformó el artículo 295 del Código Penal para sancionar con entre 10 y 15 años de prisión a la persona que por cualquier medio impida u obstaculice la inscripción de una candidatura a cargo de elección popular cuando el aspirante cumple los requisitos de ley.
La reforma fue aprobada en la plenaria del miércoles pasado y tuvo el respaldo de Nuevas Ideas, GANA, PCN y PDC, pero no de ARENA, FMLN, VAMOS y Nuestro Tiempo.
Diversos analistas de la oposición, así como el magistrado del Tribunal Supremo Electoral (TSE) Julio Olivo, se han opuesto públicamente a la candidatura del presidente Nayib Bukele, quien anunció en septiembre pasado que competirá en febrero de 2024 por la reelección.
Igual pena carcelaria será impuesta a quien bloquee la elaboración del registro electoral o el libre ejercicio del sufragio en cualquiera de sus modalidades, según la reforma.
También serán sancionados con entre 10 y 15 años de cárcel las personas que ingresen al sistema o programa informático que sea utilizado por el TSE durante la jornada del ejercicio del sufragio.
DePaís
Pena de hasta 15 años de prisión por bloquear candidaturas a cargos de elección popular
La oposición política no acompañó con sus votos la reforma propuesta por Nuevas Ideas.






