El Salvador tiene un potencial minero en oro de $3 billones, equivalente al 8,800 % del Producto Interno Bruto (PIB), señaló el presidente de la república Nayib Bukele en un mensaje que escribió en su cuenta en X.
«El Salvador tiene potencialmente los depósitos de oro con mayor densidad por km² en el mundo. Ubicado en el Anillo de Fuego del Pacífico, una de las zonas más ricas en recursos minerales gracias a su actividad volcánica», informó Bukele en la red social.
El mandatario dijo en un hilo publicado bajo el título «Dios colocó un gigantesco tesoro bajo nuestros pies» informa que estudios realizados en solo el 4 % del área potencial identificaron 50 millones de onzas de oro, valoradas hoy en $131,565 millones.
«Esto equivale al 380 % del PIB (Producto Interno Bruto) de El Salvador. El potencial total podría superar los $3 billones, más del 8,800 % de nuestro Producto Interno Bruto (PIB)», anunció el gobernante.
Bukele sostiene que su explotación moderna y sostenible con el medio ambiente puede generar miles de empleos de calidad, financiar la infraestructura en todo el país, e impulsar el desarrollo de las economías locales.
El jefe de Estado, por otra parte, lamenta que El Salvador es el único país en el mundo que cuenta con una legislación que prohíbe la minería metálica.
En 2009 el Estado salvadoreño fue demandado en tribunales internacionales por una empresa minera que reclamó por la negatoria de extracción; sin embargo, esta perdió finalmente la demanda.
La Asamblea Legislativa aprobó en marzo de 2017 la Ley de prohibición de la minería metálica, que en su articulado establece que «tiene por objeto prohibir la minería metálica en el suelo y el subsuelo del territorio de la República».
Dicha normativa, promulgada por diputados del FMLN y sancionada por el entonces presidente rojo Salvador Sánchez Cerén, indica que «la prohibición a la minería metálica incluye las actividades de: exploración, extracción, explotación y procesamiento, ya sea, a cielo abierto o subterráneo. También, se prohíbe el uso de químicos tóxicos, como cianuro, mercurio y otros, en cualquier proceso de minería metálica».
La legislación, compuesta de 11 artículos, consigna además que «ninguna institución, norma, acto administrativo o resolución podrá autorizar la exploración, explotación, extracción o procesamiento de minerales metálicos en El Salvador u otorgar licencias, permisos, contratos o concesiones para esos mismos fines».
Asimismo, señala que todo procedimiento de obtención de licencia o concesiones para actividad de minería metálica, quedaba «sin efecto a partir de la vigencia de la presente Ley» advirtiendo además que «quien contravenga esta disposición, será sujeto de las sanciones que la legislación penal determine».
El decreto fue sancionado en tiempo récord por Sánchez Cerán, quedando derogadas «todas aquellas disposiciones referidas a la minería metálica».






