La Ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el Extranjero permite al Tribunal Supremo Electoral (TSE) aplicar el denominado «voto en tránsito» para las elecciones presidenciales y legislativas, que consiste en que cualquier ciudadano que vive en El Salvador y que por cualquier motivo se encuentre en otra nación el día de los comicios, pueda acudir a un centro de votación cercano para ejercer el sufragio a través de la modalidad electrónica presencial.
«Por ejemplo, periodistas que estén cubriendo [las elecciones] desde el exterior, un empresario en viaje. Esas son de las innovaciones, de las novedades, de lo bueno que tiene esta ley, que hoy no va a haber excusa de nadie para decir que no se le permitió votar. Nosotros como institución, como autoridades, estamos dando todas las condiciones, todas las facilidades», explicó recientemente el magistrado del TSE Noel Orellana, en la entrevista Las Cosas como Son.
Para votar por medio de la modalidad electrónica presencial los salvadoreños tendrán que presentar su Documento Único de Identidad (DUI), vigente o vencido, con dirección en El Salvador, o el pasaporte, vigente o vencido.
Dicha modalidad aplica especialmente para la diáspora que posee DUI con domicilio en El Salvador; sin embargo, Orellana afirmó que dadas las facilidades que ofrece la tecnología y el voto electrónico también será posible que los salvadoreños que estén de viaje puedan ejercer el voto en cualquiera de los 81 centros de votación que se abrirán en 29 ciudades del mundo.
Además, el funcionario electoral aclaró que la votación electrónica presencial aplica para las elecciones presidencial y legislativa.
En ese sentido, Orellana recordó que los votos de quienes emitan el sufragio por esta vía para los comicios legislativos serán asignados a las candidaturas a diputados del departamento consignado como dirección en el DUI.






