En San Salvador, Santa Ana y San Miguel comenzaron a funcionar desde el lunes los nuevos 10 juzgados especializados de instrucción y una cámara especializada que la semana pasada los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ordenaron que se crearan de forma temporal.
La decisión surgió en el marco del régimen de excepción aprobado por la Asamblea Legislativa y vigente desde el domingo 27 de marzo.
Un magistrado de la Corte Suprema de Justicia ha confirmado que seis juzgados están instalados en el Centro Judicial Isidro Menéndez de la capital y se dominan Juzgados Especializados de Instrucción A1, A2, B1, B2, C1 y C3, y la Cámara Tercera Especializada de lo Penal también funciona en dicha sede judicial.
Trascendió que también en Santa Ana y San Miguel, se han habilitado dos nuevos juzgados especializados de Instrucción. De forma inicial la CSJ ha establecido que funcionarán por un plazo de cinco meses.
Cada juzgado ha comenzado a trabajar de forma independiente y con su propio personal. El objetivo es reforzar los juzgados especializados de instrucción y cámaras especializadas que ya estaban funcionando y hacer frente a la gran cantidad de expedientes que, según informes, comenzarían a llegar a partir de este miércoles.
Son más de 6,000 los pandilleros detenidos por la Policía Nacional Civil y la Fuerza Armada a quienes la Fiscalía les iniciará expediente judicial por diversos delitos, entre ellos organizaciones terroristas, y se les aplicarán las reformadas leyes que incrementan penas por ser mareros.
La semana pasada los magistrados de la CSJ, reunidos en Corte Plena cuando llamaron a los diez nuevos jueces y dos nuevos magistrados de cámara tomaron la misión de enfrentar la emergencia de seguridad.
«Resultó urgente realizar acciones administrativas con miras a fortalecer la capacidad de respuesta de estas sedes y nombrar temporalmente funcionarios judiciales en dichos juzgados y cámaras, quienes contarán con los recursos humanos para el desarrollo óptimo de las funciones que realizarán», informó la CSJ.
Aplicación de reformas
A los pandilleros que comiencen a ser remitidos los jueces comenzarán aplicarles las reformas al Código Penal que el pasado 30 de marzo fueron aprobadas por la Asamblea Legislativa y que un día después entraron en vigencia.
Según las modificaciones, la pertenencia a una pandilla será sancionada con prisión de 20 a 30 años y es calificado como agrupaciones ilícitas, mientras que los cabecillas, financistas y creadores de estas estructuras serán condenados con prisión de 40 a 45 años.
Antes de las enmiendas el Código Penal castigaba las agrupaciones ilícitas con tres y cinco años de prisión, los jueces imponían tres años a los colaboradores y les reemplazaban la condena para que fueran a la cárcel y los miembros de las maras recibían cinco, mientras que los cabecillas eran condenados a la pena de seis como mínima y nueve años como máxima.
Para evitar que peligrosos criminales salgan de prisión bajo los beneficios de libertad condicional anticipada u ordinaria, el congreso ha dejado sin efecto ese tipo de beneficios que otorgaba la Ley Penitenciaria, los jueces ya no pueden emitir resoluciones basadas en el.
La Ley Penal Juvenil también será aplicada con las reformas en los menores de edad [a partir de los 12 años] y pueden recibir condenas de 10 años de cárcel, y los que hayan cumplido 16 serán condenados hasta con 20 años.
Además, el Código Procesal Penal fue reformado con el fin de proteger la identidad de los jueces y otros funcionarios que estén diligenciando casos contra las pandillas.