Un examen especial de la Corte de Cuentas de la República (CCR) señaló irregularidades contractuales que suman $143,032.05 de fondos públicos que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) dirigido por el magistrado Julio Olivo, cuota del FMLN, administró como parte del presupuesto extraordinario para las elecciones presidenciales del 3 de febrero de 2019.
El examen —practicado por la Dirección de Auditoría Uno y cuya versión pública consta de 30 páginas— fue subido a su sitio web por el ente contralor y pasará a una de las cámaras como parte del proceso de juicio de cuentas para determinar la responsabilidad administrativa o patrimonial, o ambas, de los funcionarios involucrados.
El primer reparo está detallado en la página 3 del documento, que señala que el TSE adjudicó el contrato CD-01/ TSE/PEE-2019 por $101,710.35 a la empresa Lemusimun Publicidad, S. A. de C. V., para que proveyera el «servicio de agencia de publicidad para el desarrollo de la fase 1: campaña de consulta de verificación de datos en el registro electoral para el evento electoral 2019».
En la auditoría, el TSE es cuestionado por no haber dado el «seguimiento a la ejecución de las cláusulas contractuales», situación que provocó que no haya evidencia de que la empresa realmente cumplió —tal como se comprometió— con el desarrollo de una campaña de comunicación social (en los canales de televisión, prensa escrita, radio, publicidad exterior con pantallas digitales, hojas volantes y producción de materiales, spot, cuña e impresos) sobre la verificación ciudadana de los datos en el registro electoral para las elecciones de 2019.
Tampoco hay evidencia, según la CCR, de que la empresa dio cumplimiento al plan de medios, los productos realizados, la ejecución y alcances de la campaña publicitaria presentada inicialmente por la empresa Lemusimun Publicidad, S. A. de C.,V. El TSE trató de subsanar esos cuestionamientos y entregó información de los contratos a los auditores; sin embargo, señalaron que no lograron esclarecer los hechos.
«El administrador de contrato presenta dos documentos digitales con el mismo contenido: uno en PDF, denominado Informe Final, que se encuentra no visible completamente, y [un] documento en formato Power Point titulado Alcance Medios CONSULTA, sin firma y sello de la agencia publicitaria y fecha de elaboración y presentación de este, por lo que no existe un documento formal que compruebe la elaboración del informe», se lee en la página 11 del examen especial.
En el documento también es señalado que la información que entregó el TSE para aclarar los cuestionamientos de los auditores solo fue estadística; por lo tanto, no especificó cuáles fueron las emisoras ni dónde se instalaron las pantallas digitales que la empresa Lemusimun contrató para desarrollar la campaña de medios por la cual el organismo colegiado le pago $101,710.35.
«Respecto a la publicidad escrita, refleja cuántos fueron los anuncios; sin embargo, como parte de un seguimiento, no especifica las fechas en que fueron publicados, el alcance de la publicidad de spot televisivos, de cable, cuñas radiales, pantallas digitales, prensa, periódicos digitales y redes sociales. No deja claras las fechas en que se proporcionó el servicio; en ese sentido, al no evidenciarse la presentación formal del documento ante el Tribunal Supremo Electoral por parte de la agencia publicitaria al finalizar la campaña, tal como lo establece el contrato suscrito y con base en las inconsistencias antes detalladas, los auditores ratificamos la condición señalada», añade el examen especial en la página 11.
El segundo hallazgo es en relación con el contrato LG-60/TSE/PEE-2019, que el TSE suscribió para el «servicio de radiocomunicación portátil, necesario para el desarrollo de actividades propias del evento electoral 2019» por $41,321.70. Ese equipo sería utilizado por los miembros de la Dirección de Organización Electoral (DOE) e instalado en las bases de la DOE y en las bases vehiculares. Sin embargo, según los auditores, el TSE no tiene las actas de recepción, entrega o asignación del total de las radios de comunicación portátil contratadas y tampoco hay evidencia de que al finalizar el evento electoral fueron devueltas por el personal al que se le asignó.
A pesar de los argumentos presentados por el TSE para revertir los señalamientos, los auditores plantearon que la documentación solo fue parcial; por lo tanto, ratificaron las observaciones sobre ese contrato por $41,321.70.
En suma, en los reparos de la CCR por los contratos de $143,032.05 hubo vulneración al reglamento y la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (Lacap) —vigente en ese momento— porque hubo falta de controles por parte del TSE para garantizar el buen uso de los recursos públicos.
El tercer y último reparo está contemplado en la página 15 del examen especial y señala que el TSE vulneró el reglamento y la Ley de Administración Financiera del Estado al haber autorizado y nombrado al director financiero del organismo colegiado para las gestiones correspondientes a la programación de la ejecución presupuestaria del evento electoral 2019.
«Le asignó las gestiones para la apertura de cuentas bancarias para el manejo de recursos financieros, una para pago de remuneraciones y otra para bienes y servicios, y a la vez lo designó como encargado de pagos “ad honorem” de dicho presupuesto, generando incompatibilidad de funciones, ya que en una misma persona recaen las funciones de presupuesto, tesorería y contabilidad», cuestionó la CCR.
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