El vicepresidente de la Asociación de Abogados Empleados Públicos y en Libre Ejercicio de El Salvador (Adepusal), Vladimir Parrilla, considera que la renovación en el Órgano Judicial permitirá una mejora continua en la administración de justicia, debido a que los nuevos jueces tienen toda la fuerza y voluntad, pero, además, la experiencia para dirigir los tribunales asignados y disminuir la mora judicial que aumenta cada año.
Asegura que todos los jueces que sustituyeron a los exjueces cesados por la entrada en vigor del decreto 144 tienen el respaldo de la corte plena de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) debido a que tienen la experiencia y capacidad para desempeñarse en el cargo.
«Los jueces nombrados se desempeñaban como suplentes o como interinos, pero no gozaban de un nombramiento formal; entonces, es aquí donde la Corte le ha dado el mérito a estos jueces, que muchos han tenido hasta 10 años de estar supliendo en una sede judicial», dice Parrilla; asimismo, aclara que para ser juez suplente debe tener el aval del Consejo Nacional de la Judicatura.
El comentario del representante de Adepusal surge a partir de que algunos exjueces y abogados cuestionan que la Corte «se sacó de la manga de la camisa» a los nuevos juzgadores. Parrilla avala las reformas a la Ley de la Carrera Judicial porque se abrió una oportunidad para las nuevas generaciones de jueces de Paz y de Primera Instancia.
«Se da una apertura a la renovación del “demos” judicial. Se ha renovado un buen porcentaje de jueces, jueces de Primera Instancia, y las judicaturas de segundo grado, como las cámaras, han sido objeto de renovación en el sentido de la edad, porque los magistrados, por la generalidad, eran funcionarios de más de 65 años».
El abogado considera que la renovación en el Órgano Judicial permitirá una mejora continua en la adminis[1]tración de justicia, debido a que los nuevos jueces tienen toda la fuerza y la voluntad para dirigir los tribunales asignados y disminuirán la mora judicial, lo que ha sido una petición expresa de la presidencia de la Corte desde el día de la juramentación.
«El desgaste mental era evidente, pues son procesos de expedientes de 30 piezas o más de 100. En materia penal es más desgastante, porque además de tener prueba documental, el juez ejerce su pensamiento lógico al momento de decidir. No es un caso que ve en un solo día, al año son miles. El juez necesita retirarse en un determinado momento y traer a gente en edad disponible para soportar esta carga laboral», sostiene.
CAUSALES DE LA MORA JUDICIAL
Para el abogado, la mora judicial no solo debe atribuirse al incremento de demandas, sino que también es impactada por elementos psicológicos, personales, laborales y hasta de salud.
El vicepresidente de la asociación considera que la depuración del sistema judicial debe ser constante y permanente porque ese órgano tenía mala reputación debido a la justicia selectiva que aplicaban algunos exjueces y exmagistrados al momento de una resolución.
«Hay resoluciones judiciales que a la hora de juzgar a una persona natural o a una institución privada han sido más favorables que en un caso similar para otras; entonces, es por eso que el juez debe ser monitoreado constantemente, porque puede ser que los factores sociales y económicos cambien y en ese cambio pueden existir cambios de criterios, pero deben tener su fundamentación jurídica bien establecida», indica.
Con respecto a que algunos cesados manifiestan que se les violentó el derecho a la estabilidad laboral, Parrilla expresa que no hubo tal violación: «Decir que de los 60 a los 70 años es la mejor edad para desempeñar un cargo no tiene fundamento, tal vez lo ve desde el punto de vista porque no hace nada materialmente y solo en teoría debería leer y dictar su fundamento, pero administrar un tribunal a esa edad no es adecuado, porque no solo es firmar resoluciones, sino que también contempla la administración judicial de un proceso, los plazos procesales, las notificaciones en tiempo y el cumplimiento de formalidades procesales para evitar nulidades»