« El derecho de las criptomonedas» surgió luego de que se mostró el interés suficiente a escala mundial sobre el mercado de las criptomonedas, a tal punto de significar el desarrollo de mercados de derivados (futuros y opciones) en torno a bitcóin, y seguidamente a ethereum. A pesar de que hubo controversias jurisdiccionales en épocas previas a la nuestra, no es cierto que haya existido una legislación uniforme con respecto a las criptomonedas en alguna parte del mundo.
La Ley Bitcóin nació en El Salvador, convirtiéndose en el primer Estado en dar el salto más coherente respecto a este mercado, atendiendo a la seguridad jurídica de sus nacionales. Adoptando con ello la teoría que se refiere a bitcóin como una divisa, y tácitamente excluyendo del territorio nacional la concepción de que bitcóin fuera un título valor impropio o un bien mueble no fungible. A pesar de que en otras latitudes el bitcóin es considerado apenas un «commodity».
Pero ¿por qué hablar del «derecho de las criptomonedas» y no del «derecho del bitcóin» si la única legislación actual comprende exclusivamente a bitcóin y no a otras criptomonedas? La anterior cuestión es extremadamente objetiva y realista, aunque poco visionaria. Negar que nuestro país va rumbo a convertirse en una «criptonación» es negarse al futuro. Las finanzas descentralizadas tarde o temprano acabarán arribando en nuestras fronteras, y lo más sensato será prepararse para tan importante acontecimiento en la historia de la humanidad.
Lo anterior impulsó el nacimiento de esta nueva rama jurídica, que requerirá un desarrollo largo y no dudo de que tendrá un recorrido controversial. Téngase en cuenta que hoy en día ya fue minado el 90 % de todos los bitcoines que existirán en la historia, y que el «trading» intradiario apenas comercia con una pequeña parte de ellos.
Esto indica que la mayoría de los bitcoines sigue bajo la filosofía de inversión Hodl; es decir, aplicando la idea de «comprar y aguantar»; pero para poner las cosas en perspectiva tómese en cuenta que apenas queda el 10 % del suministro de bitcoines por minar a lo largo de los próximos 120 años para toda la población que llegue a existir en la Tierra, situándonos en la carrera más importante del siglo en cuanto a las finanzas.
La adopción mundial ya comenzó, siendo nuestro país el anfitrión del «efecto bola de nieve». En el tráfico comercial, esto se traduce como un auge real de la industria fintech en El Salvador y una mayor demanda de servicios Legal Tech con enfoque extremadamente corporativo. Posibilitando una nueva fuente de ingresos para nuestro país al comenzar su transición a una nación financiera.
Bitcóin es una criptomoneda deflacionaria y, por ende, se aprecia contra las monedas fiduciarias a través del paso del tiempo. Y ahora, mediante este documento fundacional, inicia su recorrido por el vasto objeto cultural que constituye el derecho, en su multiplicidad de objetos de estudio.
No obstante, la Ley Bitcóin representa el primer acto de política monetaria nacional en casi 20 años. Además, el artículo 2 de esta ley aclara que el tipo de cambio será establecido libremente por el mercado. Negarse a ello implicaría aceptar una economía centralizada y planificada como el régimen totalitario de Cuba y oponerse a la verdadera y libre competencia de nuestro sistema económico. Sin embargo, hay que tener presente que el mundo está cambiando y, como sabiamente decía el escritor Eric Hoffer, «en tiempos de cambio quienes estén abiertos al aprendizaje se adueñarán del futuro, mientras que aquellos que creen saberlo todo estarán bien equipados para un mundo que ya no existe».