El régimen de excepción instaurado en El Salvador el 27 de marzo de 2022 ha implicado un reto para la administración de justicia. Los jueces y magistrados se convirtieron en el último eslabón en la aplicación de las reformas penales que castiga drásticamente la pertenencia a las pandillas y su colaboración.
El Órgano Judicial frente al régimen de excepción experimentó un incremento de expedientes por procesos penales que la Fiscalía General de la República inició a más de 66,000 detenidos por los delitos de agrupaciones ilícitas y otros delitos conexos.
En el combate a las pandillas y al crimen organizado los jueces accedieron a las pretensiones de la Fiscalía General de la República para decretar la detención provisional a la mayoría de los acusados, y en aquellos casos donde los abogados defensores demostraron que los detenidos no tenían ningún vínculo con pandillas las personas fueron puestas en libertad.
Un informe de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) detalla que los expedientes ingresados se han abordado a través de la justicia ordinaria y la justicia constitucional.
A nivel de justicia ordinaria la CSJ creó 22 despachos judiciales, es decir jueces de apoyo para los juzgados especializados de crimen organizado. Cada despacho dispone de su propio personal.
Cada uno de los jueces cuenta con su propio secretario de actuaciones, colaboradores jurídicos y notificadores.
En el último año fueron juramentados cuatro magistrados de apoyo, dos para cada un de las cámaras especializadas, y nueves jueces para reforzar los juzgados especializados de instrucción de San Salvador.
Mientras que para el interior del país se asignaron cinco jueces de apoyo para el juzgado especializado de instrucción de Santa Ana y cuatro para el juzgado especializado de instrucción de San Miguel.
Para las 22 nuevas sedes judiciales fueron creadas 236 plazas. La CSJ contrató a dos secretarios de actuaciones para cámaras, 18 secretarios de primera instancia, dos oficiales mayores, 14 colaboradores jurídicos, 156 colaboradores judiciales, 18 notificadores, seis citadores y 20 ordenanzas.
Con respecto a la justicia constitucional, solo a finales del año pasado ingresaron más de 2,735 demandas de hábeas corpus relativas al régimen de excepción y en los primeros dos meses del año 2023 la Sala de lo Constitucional ha recibido 853 solicitudes de hábeas corpus.
Esa gran cantidad de ingreso de demandas son catalogados por la presidencia de la CSJ, como histórico. Razón por lo cual se hizo la contratación de dos coordinaciones para el área de hábeas corpus para que comenzaran a ver exclusivamente casos de régimen de excepción. Así mismo fueron contratados dos notificadores y un auxiliar jurídico en la Secretaría de la Sala de lo Constitucional para apoyar la tramitación y notificación de casos relacionados al régimen de excepción.
REFORMAS APLICADAS
Cuando en abril del año pasado la Fiscalía General de la República comenzó a presentar los expedientes en contra de los pandilleros, los jueces especializados comenzaron a aplicarles las reformas al Código Penal que el 30 de marzo de 2022 fueron aprobadas por la Asamblea Legislativa.
Las enmiendas incluyeron que la pertenencia a esos grupos terroristas debe ser castigada con prisión de 20 a 30 años y calificado como delito de agrupaciones ilícitas.
Se estableció que los cabecillas, financistas y creadores de estas estructuras terroristas pueden ser condenados a prisión de 40 a 45 años.
Antes de las reformas, el Código Penal sancionaba las agrupaciones ilícitas con tres y cinco años de prisión; los jueces imponían tres años a los colaboradores y les reemplazaban la pena para que no fueran a la cárcel y los miembros de las maras recibían cinco años, mientras que los cabecillas eran condenados a seis años como mínima y nueve como máxima.
Para evitar que los terroristas salgan de prisión bajo los beneficios de libertad condicional anticipada u ordinaria, los legisladores dejaron sin efecto ese tipo de beneficios que otorgaba la Ley Penitenciaria, los jueces ya no pueden emitir resoluciones que favorezcan a los pandilleros con ningún tipo de libertad.
La Ley Penal Juvenil también fue reformada y aplicada a los menores delincuentes a partir de 12 años. Son juzgados como adultos y pueden recibir condenas de 10 años de cárcel y los que hayan cumplido 16 serán condenados hasta con 20 años. Otra reforma al Código Procesal Penal aprobada elimina las medidas alternas a la detención para todos aquellos miembros de grupos terroristas, también se agregan nuevas medidas de protección para jueces y aplicadores de justicia.