Juan Gilberto Contreras, consultor en materia electoral, explicó en entrevista con «Diario El Salvador» que los votos para diputados de la Asamblea Legislativa que emitan los salvadoreños en el extranjero y que tienen sus documentos únicos de identidad con domicilio en el exterior serán asignados a San Salvador porque así es como está regulado en las leyes que fueron creadas desde 1990.
«Hay una ley que data de 1995 que se llama Ley Transitoria del Registro del Estado Familiar y Regímenes Patrimoniales del Matrimonio. El artículo 69, inciso segundo, dice que cuando un hijo de un salvadoreño nace fuera de las fronteras, o lo van a asentar al consulado, a la embajada, aunque su papá sea de San Miguel y su mamá sea de Sonsonate, a él lo asientan en San Salvador, es decir, el padrón de San Salvador trae a todas estas personas desde 1995», explicó.
Contreras indicó que, apegándose a la lógica de las leyes, si los salvadoreños domiciliados en el exterior son asentados en el departamento de San Salvador, sus votos deben ir a esa circunscripción.
Sin embargo, el presidente de la Asamblea Legislativa, Ernesto Castro, detalló recientemente que los connacionales que no deseen votar para diputados de San Salvador tienen la opción de solicitar el cambio a domicilio nacional en sus DUI.