Ante las disposiciones del Gobierno para ingresar a El Salvador, la Dirección General de Migración y Extranjería ha dado lineamientos sanitarios de ingreso al país para preservar la salud y la vida de la población salvadoreña ante la pandemia de la COVID-19.
Las personas que no se han vacunado contra el virus o aquellas que han cumplido una sola dosis de las dos requeridas deberán presentar una prueba negativa del coronavirus con un máximo de 72 horas previas al arribo. Esto con excepción de la vacuna de Johnson & Johnson que requiere una sola dosis.
«Las aerolíneas que quieran aterrizar en El Salvador deben exigir a todos sus pasajeros, nacionales o extranjeros —a excepción de la tripulación, diplomáticos y niños menores de dos años—, una prueba negativa emitida por el laboratorio, un máximo de 72 horas antes de abordar el vuelo», puntualizaron las autoridades de Migración en un comunicado al reiniciar las operaciones en el Aeropuerto Internacional San Óscar Arnulfo Romero y Galdámez.
A la fecha, las pruebas para la detección del virus admitidas para ingresar al país vía aérea o terrestre, de acuerdo con la notificación emitida por el Ministerio de Salud (Minsal) el 24 de marzo de 2020, son la prueba de la reacción en cadena de la polimerasa (PCR, por sus siglas en inglés), la de amplificación de ácidos nucleicos (NAAT, por sus siglas en inglés) y la de amplificación isotérmica mediada por bucle (LAMP, por sus siglas en inglés), con resultados negativos.
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Es importante recalcar que la prueba rápida de antígenos no es admitida para ingresar al territorio salvadoreño. El resultado de las pruebas se debe presentar de forma impresa en original y copia. Esta debe incluir la siguiente información: nombres y apellidos del pasajero, fecha en que se tomó la prueba, nombre de la persona responsable que aplicó la prueba y debe especificar claramente que el resultado es negativo.
Dicha respuesta será solicitada al hacer el «check-in» en el aeropuerto del vuelo procedente y en Migración de El Salvador.
«Si la prueba es emitida por el laboratorio en forma electrónica [“e-mail” u otros], el pasajero tendrá que imprimir el comprobante para presentarlo en el “counter” de la aerolínea en su país de embarque», señalaron.
En el caso de no presentar una prueba negativa a la aerolínea en el país de destino, esta no admitirá el abordaje al avión por los protocolos de bioseguridad de la COVID-19. De igual forma, aquellos que ingresen vía terrestre sin prueba no serán admitidos.
En cuanto al pasajero que ya cumple con el esquema de inmunización, es decir, con las dos dosis, puede ingresar al territorio salvadoreño al presentar su cartilla en físico o digital con sus respectivos sellos y fechas de cumplimento de las dosis de vacunación.
Como refuerzo de las medidas de bioseguridad en la zona de Migración tanto en aeropuertos como en fronteras terrestres y marítimas, es de carácter obligatorio el uso de la mascarilla, la toma de la temperatura y la aplicación de alcohol en gel.
Además, las personas deben respetar la señalización y las marcas en el piso para mantener el distanciamiento de 2 metros. Hasta la fecha, ningún país se encuentra con restricción para el ingreso al territorio salvadoreño.