Con la nueva reforma del Código Tributario aprobada ayer por la Asamblea Legislativa, las personas que adquieran bienes o servicios por menos de $25,000 no están obligadas a brindar datos como nombre, Documento Único de Identidad (DUI o documentos equivalentes), siempre y cuando no exijan factura con efecto de aplicar el monto como un costo o gasto deducible en el ejercicio fiscal.
Esta reforma se aprobó con 57 votos de los diputados de Nuevas Ideas, PDC y PCN; con dos abstenciones de los diputados de ARENA y un voto en contra de Claudia Ortiz, de VAMOS.
La modificación se debe a que el Ministerio de Hacienda ha identificado que algunos prestadores de servicios y comerciantes condicionan a sus usuarios para la emisión de documentos tributarios, lo cual «no solo genera tratamientos diferenciados, sino que también resulta impráctico».
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