La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia avaló un descuento en el pago anual que hacen las televisoras y radio emisoras al declarar improcedente la controversia generada entre el Gobierno y la Asamblea Legislativa en torno a la reducción del 90% de ese pago.
Con la resolución de la Sala queda vigente la ratificación del pleno sobre las reformas a la ley transitoria para el ajuste del pago de la tasa anual establecida en el artículo 116 de la Ley de Telecomunicaciones que es de 4.54% de sus ingresos. Con esta legislación, las radios y televisoras gozarán para el año 2020 la reducción de la tasa que pagan anualmente en octubre a la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET). Los diputados argumentaron que el descuento obedece a una baja en los ingresos por la crisis de la COVID-19.
En noviembre del año pasado, los legisladores superaron el veto del presidente de la República, Nayib Bukele, quien alegó que la SIGET tiene un patrimonio propio compuesto de los ingresos obtenidos de las tasas que cobra por los servicios que presta y que la reducción vulnera el derecho a la propiedad, seguridad jurídica y el principio de igualdad. Esto produce «un detrimento en los servicios que prestan según sus funciones».
La Sala determinó que «la violación concreta a derechos de la Superintendencia no es objeto de controversia por el tipo de control de constitucionalidad abstracto que realiza en este proceso».