En menos de 24 horas la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) emitió 8 resoluciones en las que blinda las candidaturas para las próximas elecciones de seis políticos opositores; cinco de ARENA y uno del PDC, quienes son cuestionados por diversos ciudadanos o son procesados en diversos juzgados.
Aclarar si se agotaron o no las instancias correspondientes ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE), es el nuevo requisito con el que la Sala de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ha retrasado los procesos de inconstitucionalidad de las candidaturas de Margarita Escobar, Carlos Norman Quijano y Carlos Reyes de ARENA; y de Rodolfo Antonio Parker, por el PDC.
Hoy, cuatro de los cinco magistrados constitucionalistas declararon improcedentes las demandas del ministro de Trabajo, Rolando Castro, sobre la presunta inconstitucionalidad de la candidatura de Ernesto Muyshondt, a la alcaldía de San Salvador y, de Roberto José d´Aubuisson del partido ARENA, aspirante a la comuna de Santa Tecla, y quien ha desobedecido fallos de un juez para reinstalar a empleados destituidos de su alcaldía.
En las resoluciones de demandas de inconstitucionalidad por las candidaturas de Escobar, Quijano, Reyes y Parker, la Sala ha pedido que los ciudadanos demandantes informen, en 24 horas, «si el objeto de control fue previamente impugnado por algún ciudadano legitimado, en tiempo y forma, en la jurisdicción electoral, a través de los mecanismos previstos en el Código Electoral».
Los ciudadanos han alegado en sus demandas que los candidatos no cumplen con el requisito de honradez que se exige en el artículo 126 de la Constitución de la República para poder optar a un cargo público de elección popular, ya que se enfatiza que todos los mencionados han sido señalados en procesos de delitos de corrupción y enriquecimiento ilícito, entre otros.
Además, se señala que básicamente el TSE acordó inscribir a los candidatos omitiendo documentar y verificar el cumplimiento de los requisitos que se exigen.
UNA «RESOLUCIÓN RARA»
Al consultarle a un abogado, quien no quiso revelar su identidad, sobre las resoluciones de la Sala mencionó que «la decisión de la Sala ha sido rara porque para las inconstitucionalidades nunca se había puesto este requisito, me extraña, pero cómo se determina en la resolución ha sido un nuevo procedimiento de análisis».
El jurista explicó que si los ciudadanos informan de que si agotaron todos los recursos ante el TSE será la Sala quien tiene el poder de admitir o no las demandas de inconstitucionalidad de las candidaturas. Este procedimiento de análisis ha sido adversa a la inconstitucionalidad contra la inscripción del ex candidato por Nuevas Ideas, Walter Araujo, quien también es procesado en un juzgado.
Los magistrados no declararon inconstitucional la inscripción de Araujo, como pretendía la demandante Bertha María Deleón, pero sí admitieron la demanda y frenaron su candidatura.
Para el caso de los candidatos Muyshondt y d´Aubuisson, los magistrados de la Sala de lo Constitucional justifican diciendo que «tal decisión es que existe cosa juzgada constitucional, al existir un precedente que indica que el acto mediante el cual las Juntas Electorales Departamentales inscriben a un candidato a alcalde no es de aplicación directa de la Constitución, cuando el requisito exigido no aparece en esta última».
De acuerdo a eso, la Sala remite a que si la autoridad competente [TSE] avaló esas candidaturas y si no se agotaron los reclamos ante esa instancia, pues las candidaturas seguirán firmes.
El demandante alegó que la inscripción de Muyshondt y D´Aubuisson no cumple con el requisito de «moralidad e instrucción notaria» previsto en el artículo 126 de la Constitución de la República, ya que «tiene procesos penales pendientes».
SEÑALADOS POR CORRUPCIÓN
Norman Quijano, se ha visto vinculado a negociaciones con grupos de pandillas en la búsqueda de apoyo para las elecciones presidenciales de 2014 y ahora busca ser parte del Parlacen.
El demandante alegó que el actual candidato no cumple con los requisitos ya que «ha sido cuestionado «amplia y reiteradamente por [su] vinculación con grupos terroristas (maras), específicamente en lo relativo al financiamiento de éstos» lo cual lo por parte de la/ ha llevado a ser requerido judicialmente/Fiscalía General de la República, por los delitos de asociaciones ilícitas y fraude electoral.»
Mientras que la candidatura de Carlos Reyes, «conlleva una inconstitucionalidad por omisión, la cual infringe el art. 208 inc. 4º Cn. Para justificarlo, afirma que el TSE acordó inscribir al referido ciudadano con 3 votos, cuando el art. 64 letra a romano v del Código Electoral exige que sean con 4 votos», se lee en la demanda.
Además, se insiste en que Reyes ha sido cuestionado «por haber “triplicado su fortuna” y ser titular de “113 propiedades” en los años que ha sido diputado de la Asamblea Legislativa lo cual ha originado una investigación en la Sección de Probidad por posible enriquecimiento injustificado».
En el caso de Parker, es señalado de encubrir la masacre de los jesuitas durante el juicio en España contra el coronel retirado Inocente Orlando Montano, exviceministro de Seguridad Pública de El Salvador, quien fue condenado a 133 años de prisión en septiembre de este año y de haber recibido hasta 30,000 mensuales del Gobierno de Funes de manera ilícita.
En el caso de la diputada Escobar «ha sido cuestionada por recibir sobresueldos durante se desempeñó en el cargo de Viceministra de Relaciones Exteriores en el período de 2004 a 2009, y la “[…] omisión del pago de correspondiente impuesto sobre la renta de los mismos”», se argumentó en la demanda de inconstitucionalidad.
Por su parte, el presidente de El Salvador, Nayib Bukele, reaccionó al respecto desde su cuenta oficial de Twitter y expresó que: