La investigación contra el expresidente de la Asamblea Legislativa, Sigfrido Reyes Morales, por presunto enriquecimiento ilícito fue frenada ayer, luego que la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) admitiera un amparo en el que se alega que los indicios que configuran ese delito no fueron bien fundamentados.
Cuatro de los magistrados suplentes de la Sala de lo Constitucional: José Cristóbal Reyes Sánchez, Jorge Alfonso Quinteros Hernández, José Luis Lovo Castellar y Sonia Elizabeth Cortez de Madriz (ex procuradora general de la república), resolvieron detener provisionalmente el proceso contra Reyes, contrario a lo que en su momento fallaron cuatro de los magistrados propietarios de ese máximo tribunal. El presidente de la CSJ, Armando Pineda Navas, se desvinculó en esa oportunidad de participar aduciendo que trabajó más de 30 años en la Asamblea Legislativa, y Reyes fue presidente de la misma.
La admisión «se debe a que a juicio del abogado del interesado [Pedro Cruz] la CSJ resolvió declarar la existencia de enriquecimiento ilícito respecto del señor Reyes Morales sin haber expuesto los motivos por los que valoró la situación financiera de este de forma distinta a los precedentes de los casos citados en la demanda y sin haber fundamentado el cambio de criterio, con lo que se habrían vulnerado los derechos de propiedad, a una resolución de fondo, motivada y congruente –como concreción del derecho a la protección no jurisdiccional– y a la igualdad», detalló el máximo tribunal.
Además, los suplentes dieron la razón a las solicitudes de abstención formuladas por los Magistrados José Óscar Armando Pineda Navas, Aldo Enrique Cáder Camilot, Carlos Sergio Avilés Velásquez, Carlos Ernesto Sánchez Escobar y Marina de Jesús Marenco de Torrento, «en virtud de existir circunstancias serias, razonables y comprobables que podrían poner en duda su imparcialidad frente a las partes o la sociedad».
La sección de Probidad de la CSJ declaró en 2019 que había indicios de enriquecimiento ilícito tras señalar que Reyes no pudo justificar, inicialmente, $373,183.09 en sus ingresos mientras ejerció el cargo de diputado propietario entre 1 de mayo de 2006 al 30 de abril de 2009, 1 de mayo de 2009 al 30 de abril de 2012 y 1 de mayo de 2012 al 30 de abril de 2015. Luego la Sala ordenó que Reyes fuera procesado en un juicio civil por enriquecimiento ilícito.
Al conocer de dichas irregularidades en sus ingresos, Sigfrido se defendió diciendo «yo puedo tener la virtud del ahorro y mi grupo familiar, yo puedo tener la habilidad para decir voy hacer esta inversión o la otra pero todo eso está en el marco de la ley. Tú ahorras (al entrevistador), yo ahorro, al final del mes si tienes ingresos o gastos, o ahorras, ¿ qué haces con los ahorros?, los inviertes, los pones en un banco, te compras una casa, un terreno, es lo normal». Sin embargo, para esta ocasión no se ha pronunciado.
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En la resolución dada por los cuatro magistrados suplentes se ordenó, además, suspender «provisionalmente los efectos de la actuación impugnada, en consecuencia y en congruencia con ello, la Cámara Segunda de lo Civil de la Primera Sección del Centro deberá abstenerse de continuar con la tramitación del proceso por enriquecimiento ilícito iniciado contra el señor Reyes Morales. Lo anterior mientras se mantengan las circunstancias que han motivado la adopción de esta medida cautelar y hasta que se emita el pronunciamiento respectivo», se lee en el documento.
En febrero del 2020, la Fiscalía General de la República demandó a Reyes, a su esposa, Susy Melba Rodríguez y su hijo Luis Damián Reyes. Probidad dijo que el monto que no pudo justificar la familia ascendió a $472,464.04. Reyes es prófugo y está exilado en México.
Probidad detalló que en las declaraciones de patrimonio del prófugo se encontraron irregularidades vinculadas a depósitos bancarios, adquisición de inmuebles en zonas exclusivas de Nuevo Cuscatlán e inversión en compra de vehículos.
El Ministerio Público dijo al momento de la acusación que contaba con suficiente prueba documental que demuestra el enriquecimiento ilícito. Sin embargo, el abogado de Reyes, Pedro Cruz, argumentó en el amparo que la CSJ «actuó en exceso de las facultades» que dicta la Constitución de la República sobre señalamientos de juicio civil, ya que, según él, Reyes justificó «con abundante información las supuestas inconsistencias (en los ingresos)».
Cruz expresó que en el proceso primero «se detectaron 47 irregularidades, las que luego se redujeron a 40 después del análisis de los 3 periodos».
Si Reyes aumentó o no su patrimonio mientras ejerció en el salón azul no se podrá conocer hasta que haya una resolución definitiva. Si el exfuncionario es declarado culpable quedará inhabilitado por 10 años para fungir como funcionario y deberá devolver el dinero no justificado, así detalla la Ley de Enriquecimiento Ilícito de funcionarios y empleados públicos.