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Asamblea avala Ley General de la Minería Metálica

Se solicitó modificar el artículo 8 del decreto dictaminado para prohibir el uso de cualquier sustancia no autorizada en el desarrollo de las actividades del ciclo minero.

por Diana Arias
24 de diciembre de 2024
En DePaís
Tiempo de lectura:2 mins read
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El Salvador cuenta con un nuevo marco normativo que le permite explorar y obtener usufructo de la riqueza mineral que posee, luego de que la Asamblea Legislativa aprobó ayer la Ley General de la Minería Metálica.

Durante la sesión plenaria ordinaria 36, un grupo de 57 diputados avaló la nueva ley, mientras que tres legisladores de la oposición votaron en contra.

El cuerpo normativo aprobado le permite al Estado salvadoreño el reconocimiento superficial y la prospección, exploración, explotación y extracción, el procesamiento y la comercialización de actividades extractivas mineras metálicas, incluyendo lo relativo al aprovechamiento de las sustancias minerales del suelo y subsuelo comprendido en territorio nacional.

Se estableció que el Estado salvadoreño es el único autorizado para desarrollar todas las actividades concernientes a la minería metálica en todas sus fases, y se prohíben las actividades mineras por parte de particulares que no tienen relación con el Estado.

«Estos son puntos altamente importantes en esta ley, ya que como país no queremos que se cometan los errores que se cometieron en el pasado, cuando este tipo de actividades quedaban a discreción de los particulares, a discreción de empresas que lo único que buscaban era el lucro y no veían el bienestar del pueblo», indicó Elisa Rosales, diputada de Nuevas Ideas.

De acuerdo con el decreto aprobado, queda a cargo —como la autoridad responsable de las actividades previas a la explotación minera— la Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas (DGEHM); mientras que el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN) junto con la Autoridad Salvadoreña del Agua (ASA) son responsables de la vigilancia y el cumplimiento de las condiciones medioambientales y preservación del recurso hídrico.

En esa línea, la DGEHM podrá declarar incompatibles a la actividad minera algunas zonas por diversos motivos, entre esos por soberanía nacional, por tratarse de áreas protegidas, zonas dedicadas a actividades forestales, culturales o sociales, previa opinión de instituciones competentes, áreas de recarga hídrica o zonas urbanas.

Rosales mencionó que la minería artesanal se inició en el país hace más de 100 años y la explotación hace mucho tiempo, pero el Estado no era un actor determinante en la actividad.

«Ahora con esta ley estamos garantizando que el Estado será un actor fundamental en todos los procesos y es también el Estado el que va a decidir los materiales que se utilizarán», explicó.

La normativa prohíbe el uso del mercurio en cualquiera de las fases del ciclo minero; no obstante, la diputada cian Suecy Callejas solicitó que se incluyera cualquier sustancia resultante de la minería metálica, con lo que fue aprobado.

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Etiquetas: Asamblea LegislativaLey general de minería metálica
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