Las penas carcelarias contra los delitos relativos a la integridad física y al patrimonio incrementaron debido a varias reformas del Código Penal que los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron ayer en la sesión plenaria.
La primera modificación que se hizo fue del artículo 30 para incorporar a la categoría de agravante los delitos que son cometidos por una o más personas que pertenecen o colaboran con las agrupaciones ilícitas u organizaciones terroristas.
El artículo 128, relativo al homicidio simple, fue reformado para aumentar su pena carcelaria de 25 a 35 años de prisión. Actualmente, este tipo penal es sancionado con 10 a 20 años de cárcel. En el caso del homicidio agravado incrementó hasta los 60 años. Actualmente la pena es de 20 a 30 años.
Con respecto a la privación de libertad, fue aumentada de tres a ocho años de prisión por medio de la reforma del artículo 148. En la actualidad la condena es de tres a seis años.
En el caso del delito de violación ahora la condena será de 10 a 18 años de cárcel ante la reforma del artículo 158. Antes de la modificación la condena fue de seis a 10 años. Asimismo, la violación en menor o incapaz incrementó de 18 a 26 años. Previo a la reforma la condena fue de 14 a 20 años.

En tanto, en el caso de los delitos contra el patrimonio, como el hurto, la pena incrementó de seis a ocho años de cárcel y previo a la reforma fue de dos a cinco años.
En el hurto agravado la pena será de 10 a 15 años de prisión si el tipo penal es cometido por un sujeto que utilice uniformes, lemas, emblemas o insignias de la Policía Nacional Civil, Academia Nacional de Seguridad Pública, Fuerza Armada, Dirección General de Centros Penales, Dirección de Migración y Extranjería o de la Fiscalía General de la República. Antes de la reforma la pena carcelaria era de cinco a ocho años.
En el caso del robo, la pena incrementa de 10 a 20 años; en la actualidad es de seis a 10 años. La pena aumentará de 20 a 30 años si esta acción es cometida por un funcionario, empleado público o municipal, agente de autoridad, autoridad pública o servidor público. Actualmente, la pena carcelaria contra un funcionario por este tipo penal es de ocho a 10 años.
Siempre en los delitos contra el patrimonio, la persona que cometa receptación (poseer, adquirir, recibir, almacenar u ocultar cosas robadas) será sancionada de seis a 10 años de cárcel. Actualmente la condena es de seis meses a dos años.
Las reformas fueron aprobadas con 56 votos a favor (Nuevas Ideas, PCN y PDC) y tres abstenciones (ARENA y VAMOS).







