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En 2025 el Gobierno impulsó leyes contra el crimen organizado y la corrupción

Jurídicamente, el Gobierno eliminó cualquier vacío a las estructuras del crimen organizado y las atacó con nuevas herramientas legales para elevar penas. Asimismo, envió un mensaje de cero impunidad ante delitos de corrupción con una nueva ley aprobada por la Asamblea Legislativa.

por Juan Carlos Vásquez
26 de diciembre de 2025
En DePaís
Tiempo de lectura:4 mins read
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En 2025, el Gobierno reforzó la lucha contra el crimen organizado y la corrupción con reformas y nuevas leyes, así como elevadas penas a la delincuencia en su modalidad compleja, que incluye las malas prácticas en el ejercicio de la función pública. 

Una de las principales enmiendas que la Asamblea Legislativa aprobó fue la reforma de seis artículos de la Ley contra el Crimen Organizado. Con estas reformas se elimina la audiencia de imposición de medidas y preliminar, ya que se ordena a los jueces decretar la detención desde el momento que la Fiscalía General de la República presenta el escrito de remisión con el que comienza a correr un plazo de dos años para la audiencia única, en la que se impondrá una sentencia definitiva. 

Con esta modificación en el diseño que en 1998 se aplicó al Código Penal y Procesal Penal fue abolido porque el sistema judicial ya no puede dejar en libertad a homicidas, extorsionistas y a otros delincuentes. 

La normativa agiliza las causas contra el crimen organizado, autoriza el enjuiciamiento de los prófugos y la continuidad de las audiencias mientras existan integrantes de una estructura criminal pendientes de un juicio. 

Una de las novedades es la supresión de la audiencia de imposición de medidas y preliminar y se faculta al ministerio público para llevar a un imputado ante el juez para que le asigne causa por la estructura criminal a la que pertenece y le ordene la detención sólo con la revisión del expediente. Además, define los plazos para presentar la acusación, que deben ser un máximo de 24 meses, con la posibilidad de ampliar a otros 12 meses, y el fiscal del caso puede presentar una acusación parcial, es decir, solo contra quienes haya suficientes pruebas. 

En el combate a las pandillas también se reformó la Ley Penal Juvenil para que los menores de edad que en audiencia queden detenidos por delitos cometidos en modalidad de crimen organizado sean enviados a reclusorios de adultos administrados por la Dirección General de Centros Penales y en pabellones separados hasta que cumplan 18 años, y cuando cumplan la mayoría de edad deberán ser sometidos al régimen general de adultos. 

NUEVAS LEYES CONTRA EL LAVADO DE DINERO 

Desde diciembre de 1998 en El Salvador no se legislaba en materia de lavado de dinero; sin embargo, en 2025 el Congreso aprobó una nueva ley que aumentó la condena a 20 años, con el agravante para quienes laven dinero. 

A diferencia de la ley derogada, la agravación del delito es cuando lo comete un funcionario y en los casos que los bienes provengan de actividades delictivas en perjuicio de la administración pública. 

En la ley anterior, el ilícito era lavado de dinero y activos, sancionado con prisión de cinco a 15 años. La recién aprobada solo lo califica como lavado de activos y desaparece la palabra «dinero», y señala que la comisión de dicha actividad delictiva tendrá cárcel de nueve a 15 años, y con las agravantes, el artículo 40 ordena incrementar la pena desde la tercera parte del mínimo hasta la tercera parte del máximo. 

También se incrementó el monto que una persona puede ingresar o sacar de El Salvador, con la ley derogada eran $10,000, con la nueva se aumenta a $15,000. 

La persona que viole esa medida será detenida por el delito de trasiego de activos, con una pena de tres a cinco años; antes la figura era trasiego de dinero y activos, con los mismos años de prisión. 

La nueva ley suprimió el delito de casos especiales de lavado de dinero de activos, que se castigaba con cárcel de ocho a 12 años. 

Lo que se mantiene son los casos especiales del delito de encubrimiento con cinco disposiciones, para tres de estas la pena es de cinco a 10 años y para las otras dos es de cuatro a ocho años. La antigua normativa definía los delitos generadores de lavado de dinero y activos, comenzando por el tráfico de drogas, el comercio de personas, la administración fraudulenta, el hurto y el robo de vehículos, el secuestro, la extorsión, el enriquecimiento ilícito, las nego ciaciones ilícitas, el peculado, el soborno, el comercio ilegal y el depósito de armas, la evasión de impuestos, el contrabando de mercadería y el prevaricato. 

Otra nueva normativa promovidas por el Ejecutivo y aprobadas por la Asamblea Legislativa es la Ley Anticorrupción, que determina un marco legal que previene, detecta, investiga y sanciona los actos de corrupción cometidos en el ejercicio de la función pública. 

La ley de 22 artículos refuerza la transparencia y la probidad de los servidores públicos mediante medidas claras y contundentes, es aplicada a empleados y servidores públicos, agentes de autoridad de cualquier órgano de Estado. 

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Etiquetas: corrupcionCrimen organizadoDestacadoGobiernoLeyes
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