La Asamblea Legislativa aprobó ayer, con 57 votos, la ley para el fomento de la expansión de las inversiones, que brinda dos beneficios fiscales a las empresas que ya operan en el país por más de una década y que amplíen su inversión y producción.

Dicha normativa beneficia a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que incrementen sus inversiones con más de $1 millón.

Para ello, el decreto establece una tabla de porcentajes de deducción del impuesto sobre la renta (ISR), calculados sobre la inversión a realizar, de manera que las empresas que consideren invertir entre $1 millón y $10 millones tendrán una deducción del

10 % del ISR; las que inviertan más de $10 millones hasta $20 millones, el 20%; y a las que inviertan más de $20 millones se les deducirá el 30 %.

Este beneficio fiscal podrá ser utilizado en un plazo de 10 años a partir de obtenida la calificación.

Además, el marco legal aprobado por el congreso beneficia a las empresas con la exoneración del impuesto sobre la transferencia de bienes raíces en aquellos inmuebles que sean adquiridos para la expansión.

El requisito a cumplir es que los beneficiarios utilicen el bien en un plazo mínimo de cinco años y conservarlo en propiedad en ese mismo plazo.

Algunos de los requisitos que deberán cumplir los interesados son comprobar la antigüedad de sus operaciones, no estar amparados a otras leyes que brindan incentivos fiscales, presentar la calificación Invest y no tener obligaciones pendientes con Hacienda.

Los beneficiarios no podrán sustituir activos o reducir las operaciones con las que inician el proceso.

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