La comisión de hacienda de la Asamblea Legislativa recibirá el próximo lunes -para su estudio, discusión y aprobación- la propuesta de ley transitoria por retiro voluntario para servidores públicos que ya están jubilados o pensionados, pero que aún laboran en el Órgano Ejecutivo, entidades descentralizadas no empresariales y en autónomas.

Según el artículo 4 de la iniciativa de ley propuesta por el Ejecutivo, la compensación económica será calculada con base al último salario devengado por parte del empleado, y se pagará un salario por cada año laborado o fracción mayor de seis meses de servicio consecutivo en cualquier dependencia del sector público.

En ese sentido, se establece que el monto máximo a ser pagado será de $25,000, el cual estará exento del pago del Impuesto sobre la Renta y tampoco podrá ser embargado por deudas que posea el empleado.

«Será responsabilidad de cada institución o entidad gestionar ante el Ministerio de Hacienda el requerimiento de fondos necesarios para hacer efectivo el pago de la compensación», señala la iniciativa de ley que ingresó a la Asamblea Legislativa el jueves pasado.

El empleado que desee ampararse al retiro voluntario deberá presentar su renuncia al cargo con las formalidades de ley, y ante la unidad de recursos humanos del lugar donde labora, en un plazo no mayor a los 30 días que durará la vigencia del decreto.

Las plazas que quedarán vacantes por las personas que se amparen al decreto de retiro -según el artículo 8- podrán utilizarse, sin embargo, el aval lo debe de dar previamente el Ministerio de Hacienda.

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