Luis Armando Márquez Tovar, Jonathan Alexander Veliz Umaña, Jorge Alberto Landaverde Rivas y José Samuel Lima Flores fueron condenados a 10 años de cárcel cada uno por el delito de limitación ilegal a la libertad de circulación. La pena carcelaria fue impuesta por el Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador.

Los hechos ocurrieron el 27 de diciembre de 2021, en el distrito de Apopa, municipio de San Salvador Oeste.

La Fiscalía logró comprobar que ese día, aproximadamente a las 8:30 p. m., los ahora condenados llegaron a la vivienda de la víctima, quien tenía abierta la puerta balcón del inmueble para amenazarla con que debía abandonar el lugar.

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En el desarrollo de la vista pública, la víctima declaró que uno de los sujetos hablaba por teléfono y, entre insultos, le exigió que tomara el celular porque querían hablar con él, además de pedirle que se dejara tomar una fotografía.

«La víctima al ver el semblante intimidante de los imputados, tomó el teléfono celular y escuchó que la persona al otro lado de la llamada le advirtió que, si no accedía a tomarse la fotografía, enviaría a otras personas para dispararle», detallaron las fuentes. Ante la negativa de la víctima, los procesados lo amenazaron para que abandonara el lugar. Por temor a que las amenazas se concretaran, la víctima se vio obligada a dejar su vivienda.