El 20 de diciembre de 2024, por unanimidad, con 60 votos, los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron elevar las penas para quienes conduzcan alcoholizados o bajos los efectos de cualquier estupefaciente, como parte de un pliego de reformas al Código Penal y Código Procesal Penal propuestas por el Ejecutivo, a fin de no tolerar a personas que pongan en peligro sus vidas, las de sus acompañantes, otros conductores y peatones.

Una de las modificaciones que se hizo fue al artículo 147- E del Código Penal, para incluir tres conductas a la conducción peligrosa, como disputar vía, realizar carreras clandestinas y atentar de manera manifiesta en contra de la seguridad vial.

Según el artículo citado, la conducción peligrosa también incluye manejar un vehículo de motor habiendo consumido cualquier cantidad de bebidas alcohólicas, drogas o cualquier tipo de sustancias estupefaciente, psicotrópicas o psicoactiva.

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Basándose en dichos aspectos, los datos estadísticos del Observatorio Nacional de Seguridad Vial (Onasevi), reflejan que entre el 1° de enero de 2020 y el 2 de febrero de 2025 un total de 8,636 personas han sido detenidas por el delito de conducción peligrosa.

Las estadísticas dan cuenta que, entre enero y diciembre de 2020, un total de 1,284 conductores peligrosos fueron capturados, es decir, un promedio diario de 3. Para el 2021, los detenidos por dicho delito totalizaron 1,551, un promedio de 4 por día. Mientras que, en el 2022, durante todo el año, las autoridades detuvieron a 1,455 personas por conducción peligrosa, un promedio diario de 4.

En los últimos dos años, entre el 2023 y el 2025, el aumento de controles vehiculares y el endurecimiento de las leyes de tránsito ha permitido detener a más personas por dicho delito. En el 2023 un total de 1,875 conductores peligrosos fueron capturados entre enero y diciembre, un promedio diario de 5. Mientras que, durante el 2024, la cifra aumentó a 2,311, un promedio diario de 6. Para el 2025, la tendencia se mantiene igual, entre 1° de enero y 2 de febrero 210 conductores peligrosos han sido capturados, un promedio diario de 6.

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Al comparar los datos del Onasevi, entre el 1° de enero y el 2 de febrero de 2024 con el mismo periodo de 2025, tras la implementación de la nueva Ley de Tránsito, se registra un incremento del 15 % de conductores peligrosos detenidos para este año, 182 fueron capturados en dicho periodo en 2024 y 210 en 2025.

Las reformas Código Penal y Código Procesal Penal también incluyen el incremento de penas para el delito de conducción peligrosa; de dos a cinco años en conductores particulares, y de cinco a 10 años cuando el delito es cometido por un conductor del transporte público.

Cuando el conductor peligroso provoca lesiones a terceros u homicidio culposo, la pena podría aumentar hasta en 10 años para los particulares y hasta en 15 años para motoristas del transporte público.

INCREMENTO DE MULTAS

Ese mismo 20 de diciembre, los legisladores también aprobaron con 55 votos reformas a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, con el propósito de actualizar la categorización de infracciones y el incremento de multas de tránsito.

Entre las modificaciones a esta ley se encuentra la prohibición de conducir bajo los efectos del alcohol, en cualquier concentración por litro de sangre, o por aire aspirado («tolerancias cero»); o de cualquier sustancia o medicamentos que limiten la capacidad de conducir.

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De resultar positiva la prueba, el conductor es acreedor de una multa muy grave, le decomisan su licencia y es detenido por 72 horas y remitido para que inicie un caso penal en su contra.

La suspensión de licencia es por un período de 12 meses (un año) y afecta a todas las licencias que posea el infractor, sin la posibilidad de tramitarla hasta haber recibido cursos de riesgos y consecuencias de conducir bajo los efectos del alcohol y drogas u otro curso que la Dirección General de Tránsito disponga.

Además, el valor de las multas pasó de $11.34 las leves a $50; de $34.29 las graves a $100; y las muy graves de $57.14 a $150.

El pasado 10 de enero, el Juzgado Primero de Paz de Santa Tecla impuso una condena de 2 años de prisión y se le suspendió el derecho de conducir por 12 meses cualquier vehículo automotor a José Roberto Jiménez Arias, quien fue acusado del delito de conducción peligrosa.

La Fiscalía detalló que Jiménez Arias manejaba un vehículo deportivo en estado de ebriedad, sobre la carretera al Puerto de la Libertad.

«En un control antidoping, ubicado cerca de un centro comercial de Santa Tecla, en La Libertad Sur, fue intervenido Jiménez Arias y al realizarle la prueba de alcotest resultó con 143 grados de alcohol en aliento», señaló el fiscal del caso.

El imputado fue detenido el 25 de diciembre por poner en peligro la vida e integridad de las personas.

Mientras que, el sábado 25 de enero, la Policía reportó la captura de un conductor quien intentó evadir un punto de control antidoping instalado en la 7a. avenida Norte, en el distrito de Santa Tecla, en La Libertad Sur.

«Al percatarse del dispositivo, realizó un giro no autorizado y condujo en sentido contrario, pero fue intervenido rápidamente por agentes de la Policía», indicó el Viceministerio de Transporte (VMT), en su cuenta de X.

El Viceministerio detalló que, al momento de solicitarle realizar la prueba de alcoholemia se negó al procedimiento, por lo cual fue detenido. El conductor fue identificado como Douglas Edgardo Cevallos Rivas.

Respecto a la detención, el alcalde de La Libertad Sur, Henry Flores, publicó un video donde se observa cómo Cevallos Rivas ya había sido capturado el 27 de diciembre de 2023 por conducir una motocicleta, también bajo los efectos del alcohol y agredir a un gestor del VMT.

En el clip se ve cómo Cevallos Rivas, insulta y agrede al gestor quien intentaba retenerlo mientras llegaba la Policía para proceder con su detención.