Durante siete meses han estado vigentes diferentes reformas legislativas que han establecieron la intolerancia al delito de la conducción peligrosa, con el propósito de evitar accidentes de tránsito, lesionados o muertes.
El 20 de diciembre de 2024, la Asamblea Legislativa aprobó reformas a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, con el propósito de prohibir que los motoristas de cualquier vehículo ingieran licor, cualquier tipo de sustancia o medicamentos que puedan afectar la capacidad de conducir. En esa misma línea se incrementaron las multas.
Con el propósito de robustecer las leyes en ese tema, la Asamblea Legislativa también aprobó un pliego de reformas al Código Penal, propuestas por el Ejecutivo, en el sentido se incrementen las condenas por el delito de conducción peligrosa. Se estableció una condena de 2 a 5 años, por el delito de conducción peligrosa cuando el percance es con un vehículo liviano; y de 5 a 10 años, si el accidente es con transporte público o pesado.
Ese mismo día, la Asamblea también reformó al Código Procesal Penal para garantizar la justicia para las víctimas de percances viales y sus familiares.
Desde que se aprobaron estas medidas han transcurrido siete meses, tiempo en que las autoridades de transporte han reportado una reducción de casos de conducción peligrosa.
El viceministro de transporte, Nelson Reyes, aseguró en una conferencia que «hay una reducción de alrededor del 10 % de disminución de personas detenidas por conducción peligrosa, si lo comparamos con 2024, desde el 1 de enero a la fecha».






