En 16 casos publicados por la Corte Suprema de Justicia y Fiscalía General de la República se confirman condenas de pandilleros que fueron detenidos durante el régimen de excepción por agrupaciones ilícitas.
Las sentencias fueron emitidas entre enero y junio de 2024 por juzgados comunes y contra el crimen organizado que recibieron los expedientes en varios municipios del país.
Algunos de los casos fueron iniciados las primeras semanas de abril cuando la Fiscalía comenzó a presentar a los capturados por las fuerzas de seguridad.
Las penas impuestas por los jueces van de 20 a 30 años de cárcel luego que fiscales de diversas oficinas lograran establecer mediante perfiles criminales que los imputados son mareros activos.
A petición del ministerio público, jueces comunes y especializados han aplicado las reformas al Código Penal que la Asamblea Legislativa aprobó para que la pertenencia a una pandilla sea sancionada con prisión de 20 a 30 años y calificado como delito de agrupaciones ilícitas.
El congreso también modificó la Ley contra el Crimen Organizado para que los cabecillas, financistas y creadores de pandillas sean condenados a penas de hasta 60 años, por el momento no se ha emitido una sentencia con esa cantidad de años ya que el ministerio público está en la fase de agrupar en un solo expediente a cabecillas y miembros de maras.
Los jueces, previo a la reforma del delito de agrupaciones ilícitas imponían penas de tres años de cárcel a quienes colaboran con pandillas, ahora han emitido condenas de 20 años.
Pena pasa de 5 a 30 años
A los miembros activos los condenaban a cinco años, en el 2024 ya han dictado condenas de 30 años de prisión por el hecho de ser pandilleros.
Otras decisiones de los juzgados es que dejaron de imponer medidas sustitutivas a la detención para colaboradores y pandilleros, incluso para que los terroristas salieran de prisión bajo los beneficios de libertad condicional anticipada u ordinaria, se derogó los beneficios que otorgaba la Ley Penitenciaria y los tribunales ya han emitido resoluciones que no favorezcan a los pandilleros con ningún tipo de libertad.
En cuanto a la Ley Penal Juvenil hubo una modificación para que los menores de edad, a partir de los 12 años, sean juzgados como adultos y puedan recibir condenas de 10 años de cárcel y los que hayan cumplido 16 años serán condenados hasta con 20 años de cárcel.
En el 2024 ya se han emitido seis condenas para menores de edad que van de los 10 a los 20 años de cárcel por ser pandilleros.
Pero desde que se instauró el régimen de excepción a los pandilleros juveniles los jueces encargados de conocer los casos, agilizaron los expedientes y un 90% de los detenidos ya han sido condenados. Son más de 1,200 los menores de edad enjuiciados por ser miembros de pandillas y en las audiencias los jueces han impuesto penas mínimas de 10 años y máximas de hasta 20 años.
Respecto a las condenas de adultos son casos que las oficinas fiscales decidieron llevar a diversas sedes judiciales y sus condenas fueron emitidas antes de los dos años, debido a que algunos de ellos ya tenían órdenes de detención y las diligencias ya estaban avanzadas.