El Banco Central de Reserva (BCR) lleva a cabo un proceso de consulta pública para establecer los requisitos que deben aplicar las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), cuando los cotizantes soliciten el anticipo del saldo de ahorro de pensiones. La consulta busca, además, determinar diferentes condiciones de los decretos legislativos 739, 765 y 766, que fueron modificados el año pasado.
Cabe destacar que el decreto 739 es el que regula las devoluciones de los salvadoreños no pensionados que residen en el exterior para acceder al beneficio; mientras que el 765 modifica el establecimiento de los beneficiarios por trámite de herencia (podrán ser elegidos sin vínculo sanguíneo).
«Nosotros velamos para que se cumpla el decreto, y que al afiliado o al beneficiario no se les violen sus derechos por parte de las AFP; y somos respetuosos y acatamos la ley».
Douglas Rodríguez, presidente del BCR
«En pensiones la SSF supervisa todas las colocaciones de las AFP y el monitoreo de las reformas de ley, donde se activa el comité de normas del BCR para facilitar el trabajo entre ambas entidades gubernamentales».
Gustavo Villatoro, superintendente del Sistema Financiero
En el caso del decreto 766, este regula quiénes son elegibles para no devolverles el anticipo de su saldo del ahorro de pensiones; por ejemplo: desempleo, discapacidad y padecimiento de cualquier enfermedad que imposibilite trabajar, según la Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones (SAP).
«El decreto 766 no tiene un plazo establecido y por eso se presta a la confusión. El proceso, según la Ley de Procedimientos Administrativos, es poner en consulta pública el proceso y luego del análisis de la SSF y de las AFP se procede al aval de los requisitos que aplicará la ley».
Evelyn Gracias, gerente de Regulación Financiera del BCR
El BCR detalló que el proceso de consulta se hará en un plazo mínimo de tres semanas y que permite que el comité de normas de la entidad facilite la regulación, por medio de mecanismos (incisos o de fechas) para el establecimiento de requisitos que acompañarán a la reforma de la ley. En el caso concreto del decreto legislativo 766, este no fue especificado.
«El decreto 766 no tiene un plazo establecido y se presta a la confusión para que la norma se dicte en cuestión de días. Sin embargo, el proceso, según la Ley de Procedimientos Administrativos, es poner en consulta pública y luego de recibir los comentarios la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF), de las AFP y de cualquier persona que se sienta interesada para que sea más completa la ley», dijo Évelyn Gracias, gerente de Regulación Financiera del BCR, a raíz de una discrepancia que trascendió entre ambas entidades y que fue descartada.
Por su parte, el superintendente del Sistema Financiero, Gustavo Villatoro, dijo que ambas entidades trabajan de forma articulada conforme a las disposiciones del gobierno actual.
«En el tema de las pensiones como SSF nos toca supervisar todas las colocaciones de las AFP y el monitoreo de las reformas de ley, donde se activa el comité de normas del BCR para facilitar el trabajo entre ambas entidades gubernamentales», acotó Villatoro.
Por ello, el presidente del BCR, Douglas Rodríguez, aseguró que la entidad vela porque las AFP cumplan con lo estipulado en la ley. «Nosotros velamos para que se cumpla el decreto y que al afiliado o al beneficiario no se les violen sus derechos por parte de las AFP. Somos respetuosos y acatamos la ley».