Trece solicitudes de adoptabilidad fueron presentadas por el titular de la Oficina Para Adopciones (OPA), Manuel Antonio Sánchez, de las cuales tres ya se encuentran en la jurisdicción del Juzgado Especializado de Niñez y Adolescencia de San Miguel.
Según Sánchez, las solicitudes se basan en las reformas que avaló la Asamblea Legislativa para la Ley Especial de Adopciones (LEA) el 7 de diciembre pasado.
Por ejemplo, la redacción original del cuerpo normativo contemplaba hasta 300 días hábiles para el cumplimiento de los plazos de las distintas etapas del proceso, haciendo que una sola solicitud de adopción pasara hasta seis años sin ser resuelta.
En la etapa de análisis de las reformas, el titular de la OPA explicó a los diputados de la comisión de familia de la Asamblea Legislativa que la lentitud del proceso generaba que los adoptantes desistieran de continuar y que finalmente el adoptado regresara al sistema de protección de la niñez al no encontrar un hogar adoptivo.
De 2016 a 2021, solo 11 solicitudes de adopciones fueron completadas y muchos casos quedaron a la deriva con menores de edad que no encontraban una familia sustituta o una adoptiva permanentemente.
Una de las dificultades de la ley era que el período dispuesto para que la junta directiva de la OPA analizara los casos era muy distanciado.
Los diputados acordaron que los directivos se puedan reunir cada 15 días para analizar y emitir la resolución correspondiente.
La Asamblea Legislativa decidió modificar 63 artículos en aras de facilitar los procesos de adopción en El Salvador.
A criterio de la diputada Suecy Callejas, presidenta de la comisión de familia, la LEA generó contradicciones con el Código de Familia, ya que jurídicamente no definía qué instancia debía determinar la adoptabilidad de un menor: la OPA, la PGR o un juez especializado en niñez y adolescencia.
Ante dicha incertidumbre, los procesos se dilataban, ya que los jueces suponían que la adopción debía hacerse vía judicial, y la PGR y la OPA determinaban que se ejecutara por la vía administrativa.
En la legislación salvadoreña se contempla que si a un menor de edad se le vulneran los derechos en el hogar de origen, este puede pasar a una familia sustituta.
Lo que no se avalaba era que una familia sustituta solicitara ser adoptante, lo que provocaba que cada menor pasara de una familia sustituta a otra sin tener la posibilidad de ser adoptado.
Con las reformas avaladas, las familias sustitutas que reciben a un menor de edad que se encuentra dentro del sistema de protección pueden presentar la solicitud para ser consideradas como adoptantes y obtener la certeza jurídica del menor como su hogar adoptivo.
La OPA tiene en su registro más de 1,000 solicitudes de adopción que datan de 2016 y que no están resueltas por las trabas burocráticas que contenía la Ley Especial de Adopciones.
Ahora dicha oficina espera darle celeridad a cada caso y obtener una resolución favorable en cada solicitud, garantizando principalmente el respeto al derecho de niños y adolescentes a tener una familia y un hogar.