La Asamblea Legislativa reformó hoy la Ley de Protección al Consumidor para garantizar que los consumidores siempre puedan reclamar la garantía de los productos o servicios que han adquirido y para obligar a los vendedores a que lleven un registro físico y electrónico de los certificados de garantía entregados.

Según el anteproyecto de ley, en muchas ocasiones el consumidor no puede exigir la garantía vigente del bien o servicio adquirido porque extravió el certificado de la garantía, factura o documento al vendedor.

Sin embargo, con la reforma del artículo 33-A, el consumidor podrá reclamarla con solo comunicar el defecto de funcionamiento del producto o la deficiencia del servicio.

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«La Defensoría del Consumidor tendrá la facultad de requerir al proveedor de bienes y servicios, a solicitud de consumidor, la entrega de la factura, contrato de garantía u otro documento que ampare su derecho de compra o de garantía. Si el proveedor se negare a suministrar la información requerida se sancionará conforme a esta ley», se lee en el proyecto de ley aprobado a propuesta del grupo parlamentario de Nuevas Ideas.

La enmienda de ley garantiza que los costos de transporte y devolución de los bienes serán asumidos por el proveedor y no pueden ser recargados al cliente.

Según los diputados de Nuevas Ideas, la reforma de ley permitirá que la resolución de los conflictos de consumo entre los vendedores y los proveedores sea más expedito y eficiente en comparación con ocasiones anteriores. El dictamen favorable que dio vida a la reforma de ley fue emitido por la comisión de Economía de la Asamblea después de haber escuchado la opinión técnica de la Defensoría del Consumidor.

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