Más de 4,000 multas han sido impuestas por el Cuerpo de Agentes Metropolitanos (CAM) de San Salvador Centro por infringir el artículo 49 de la ordenanza municipal para la Convivencia Ciudadana que establece la no obstrucción de la vía pública.

El director del CAM, Francisco López, dijo a «Diario El Salvador» que en un año (marzo de 2024 a marzo de 2025) han impuesto más multas por esa causa; siguen las infracciones por botar basura en lugares no autorizados, y en tercer lugar está la contravención por mantener en funcionamiento establecimientos comerciales sin la debida licencia.

Las multas oscilan entre $51 y $900 si la infracción a la ordenanza es cometida por una persona natural; si se trata de una persona jurídica o institución pública, se establece que será entre $900 y $2,000.

«En el tema de obstrucción es el principal problema que tenemos que atender como CAM. De hecho, se triplica la cantidad comparado con las multas por botar basura. Tenemos 4,200 esquelas en un año por obstrucción de vía por vehículos en aceras, colocación de conos, troncos o cajas para reservar parqueos. Se triplican, comparado con el tema de botar basura», detalló López.

Agregó que anteriormente el principal problema que se denunciaba era por ruido; sin embargo, ha disminuido luego del trabajo que se ejecutó con los propietarios de establecimientos que generaban inconvenientes para la población.

En el caso de botar basura y ripio en lugares no autorizados, está regulado en los artículos 84 y 85, respectivamente, de la ordenanza municipal.

Entre marzo de 2024 y marzo de 2025, el CAM impuso 1,102 esquelas por esta falta, y se han hecho más de 4,000 prevenciones (llamados de atención sin multa). Sobre esto, el director del CAM dijo que, en lo que va de este año, ya han clausurado 20 puntos no autorizados en los que se detectó que personas estaban depositando desechos.

«Eran centros de acopio [de desechos] que la gente, a conveniencia de ellos, había tomado en inicios de pasaje y algunas esquinas de su comunidad, y empezaron a botar basura. Se han clausurado y puesto rótulos de prohibición, más la presencia del CAM. Tenemos mucha gente satisfecha», subrayó López.

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La tercera mayor causa de multas en el municipio es infringir el artículo 81: «Instalación de establecimiento o desarrollo de actividad comercial sin licencia de funcionamiento».

El CAM reportó que entre marzo de 2024 y marzo de 2025 fueron aplicadas 712 sanciones a establecimientos que fueron emplazados y cerrados temporalmente.

«Toda persona natural o jurídica que instale o aperture establecimientos comerciales o desarrollare cualquiera de las actividades comerciales reguladas en la Ordenanza Reguladora de las Tasas por Servicios Municipales de la Ciudad de San Salvador sin contar con la licencia de funcionamiento será sancionada con una multa que oscila entre los $901 y $2,000 o cierre definitivo», establece el respectivo artículo.