Con la aproximación del fin de diciembre no solo llegan las celebraciones familiares, los recuentos de logros y las listas de propósitos para el año venidero; las familias salvadoreñas esperan con ansias estas fechas para recibir la compensación económica de todo un año trabajado: el aguinaldo.
Hoy, con la ventaja de que los aguinaldos menores de $1,100 quedan excluidos del impuesto sobre la renta, a pedido del gobierno y aprobado por la Asamblea Legislativa.
La medida beneficia a todos los sectores económicos con un 91 % de los trabajadores formales y les permite ahorrar $23 millones.
Según el Código de Trabajo vigente en el artículo 196 se establece que «todo patrono está obligado a dar a sus trabajadores, en concepto de aguinaldo, una prima por cada año trabajado».
La normativa refuerza en el artículo 197 que «los patronos estarán obligados al pago completo de la prima en concepto de aguinaldo, cuando el trabajador tuviere un año o más de estar a su servicio. Los trabajadores que al día doce de diciembre no tuvieren un año de servir a un mismo patrono, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional al tiempo laborado de la cantidad que les habría correspondido si hubieren completado un año de servicios a la fecha indicada».
Se trata de una prestación que tendrá que ser pagada entre el 12 y el 20 de diciembre de cada año y la ley establece parámetros de pago que varían dependiendo de los años que la persona lleve laborando, indistintamente pertenezca al sector público o al privado.
De modo que, cuando las personas llevan más de un año y menos de tres de tiempo laborado, se les pagará el equivalente a 15 días del sueldo que en el momento estén devengando.
En el caso de aquellos trabajadores que acumulen más de tres años trabajados y menos de 10, su porcentaje de aguinaldo será lo que corresponde a 19 días de salario, y solo quienes reporten 10 o más años de antigüedad en su empleo recibirán el equivalente a 21 días de salario.
Por ejemplo, si María gana $500 mensuales y ha laborado en la misma empresa por cuatro años, en concepto de aguinaldo recibirá $316 ya que le corresponde el equivalente a 19 días laborados.
Mientras tanto, cuando las personas aún no tienen un año de laborar en sus empresas, la ley mandata la entrega del aguinaldo proporcional a la cantidad de día que laboró hasta el 11 de diciembre.
La suma de días laborados se multiplica por el equivalente del aguinaldo que habría recibido por un año laborado (la mitad del salario) y se divide en los 365 días del año.
En el mismo ejemplo, si María cambió de trabajo este año, devenga $500 e inició en el nuevo lugar el 24 de agosto, tendría 110 días hasta el 11 de diciembre, entonces multiplicaría esa cantidad por 250 (dólares) y resultado sería dividido entre 365, para obtener un aguinaldo equivalente a $75.34.
Además, por decreto legislativo avalado por la Asamblea Legislativa este martes, se estableció que todos los aguinaldos menores a $1,100 no pagaran impuestos, esto en respuesta la solicitud presentada recientemente por la ministra de Economía, María Luisa Hayem.
INSPECCIONES
Además, el ministro de Trabajo, Rolando Castro, informó que, a partir del 15 de diciembre, la institución que dirige realiza un despliegue de unos 600 inspectores por todo el país, para verificar que todas las empresas cumplan con el pago de esta prima a favor de sus empleados.
«Serán inspecciones inminentemente administrativas para garantizar que en las planillas estén debidamente pagado y con base a la ley, los aguinaldos de todos los trabajadores», dijo el funcionario.
En otro, tema dijo que, han detectado que empresas de seguridad y limpieza han intentado negociar el pago de esta prima con sus empleados, por lo que se han abierto un proceso para imponer las debidas infracciones.