El ministro de Gobernación, Juan Carlos Bidegain, confirmó que toda la ayuda humanitaria, social, para la salud está excluida del pago del 40 % correspondiente al impuesto que contempla la propuesta de Ley de Agentes Extranjeros presentada recientemente a la Asamblea Legislativa.
«En este punto fuimos muy enfáticos, la cooperación de ayuda humanitaria, social, de carácter humano no está vinculado a esto. De hecho, en el artículo 5 hay algunas exclusiones», indicó Bidegain.
El referido artículo de la normativa detalla lo siguiente: «La presente Ley no será aplicable para: Misiones Diplomáticas y Consulares, Organismos Internacionales, Regionales, Agencias de Cooperación Internacional, Organismos de asistencia humanitaria, así como de salud y el personal que forma parte de estos».
El funcionario destacó el que impuesto del 40 % contemplado en la normativa será aplicado a los agentes extranjeros que realicen transferencias y movimientos financieros para actividades políticas.
«Ese 40 % va a servir para que vaya a las arcas del Estado y se pueda invertir. Que ellos aporten algo a la sociedad, en lugar de estar invirtiendo en marchas. Nos vamos a asegurar que si están poniendo los ojos en El Salvador, ese 40 % sirva para inversión pública», remarcó el titular de Gobernación.
El artículo 10 de la ley indica que: «por cada transacción financiera, desembolsos, transferencias o cualquier otro y que sean provenientes del mandante extranjero, sea a través de donaciones, pago u otro, se aplicará un impuesto del 40 % sin perjuicio de la imposición de impuestos que graven los mismos actos o hechos conforme al Código Tributario y demás legislación aplicable. Para lo dispuesto en el presente artículo, se aplicaran de igual forma las exclusiones establecidas en esta ley».