En El Salvador disponemos de la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres (LEIV), que define en su artículo 9 b) que la violencia feminicida es la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que conllevan a la impunidad social o del Estado, pudiendo culminar en feminicidio y en otras formas de muerte violenta de mujeres.
El asesinato de las mujeres es una de las consecuencias más cruentas de la violencia feminicida que se compone por todas las muertes violentas y evitables de las mujeres. Esta violencia es resultado de situaciones inseguras, agresivas y dañinas, vividas por mujeres tanto en lo público como en lo privado, que finalmente conducen a su muerte. Asesinar a una mujer es el extremo, es lo máximo de estas conductas y comportamientos de algunos hombres, que en caso de América Latina es toda una lamentable y maldita conducta machista de una cultura patriarcal de larga data.
La violencia feminicida implica abordar la discriminación y la violencia que padecen las mujeres en distintos ámbitos como el comunitario, familiar, de pareja, laboral, escolar e institucional. No es habitual leer, escuchar o ver en diferentes medios de comunicación conversar sobre este enfoque, si se exponen y visualizan los asesinatos de mujeres y los calificados preliminarmente como feminicidios, y de hecho acaparan titulares y contenido en multiplataformas de redes sociales, y usualmente se define erróneamente al denominarle violencia feminicida al solo hecho del asesinato cuanto fue un calvario y tortuoso camino que padeció la mujer, mayoritariamente por su compañero de vida, esposo, novio o cualquiera en categoría de expareja.
No ha finalizado agosto de 2024 y se registran al menos seis asesinatos de mujeres, según los informes de las multiplataformas de redes sociales de la Policía Nacional Civil. No todo asesinato de mujer es un feminicidio, existen condiciones en la legislación especializada para que la Fiscalía General de la República presente el caso calificado de manera preliminar como feminicidio simple o agravado, y en cualquier momento en las instancias judiciales puede cambiar la calificación por la jueza o instancias superiores.
Los hombres no asesinan mujeres por celos o por enojo, no existe ningún tipo de evidencia desde la criminología que permita semejante aseveración. El hombre que asesina a una mujer tiene graves problemas en su interior, odia todo lo relacionado con lo femenino y vive a diario vulnerando los derechos de la mujer, ejerciendo como mínimo violencia psicológica, afectando la salud de ella, así como causando denigración, violencia de todo tipo, intimidación, miedo, sufrimiento, daño y, en el caso extremo, la muerte.
El peligro que viven las mujeres no solo está en los espacios públicos, para la violencia feminicida no hay un adentro y un afuera, ya que en buena parte de los casos ocurre en el hogar, que es un refugio ante otros riesgos de la vida moderna; no es el lugar más seguro para niñas, adolescentes, mujeres adultas o ancianas que sufren diversas formas de violencia, incluida la privación de la vida.
El abordaje debe ser integral desde la primera infancia y transformando nuestra sociedad. Es posible la transformación de nuestra mente violenta y agresiva, y como hombres en un proceso diario de deconstrucción apoyar este esfuerzo con nuestra sensibilidad y ejemplo.
Las mujeres en El Salvador y el mundo merecen una vida libre de expresiones de todo tipo de violencia.







