Los habitantes del municipio de San Salvador Centro tienen hasta el próximo 15 de agosto para cancelar sus deudas de tasas municipales, sin tener que pagar intereses, a través de la dispensa que la alcaldía mantiene vigente.
El alcalde Mario Durán hizo el llamado a la ciudadanía a sumarse a esta iniciativa, que permite cancelar cualquier monto de deuda sin recargos.
«La dispensa termina el próximo 15 de agosto. Hemos estado anunciando y tratando de que las personas entiendan esta necesidad de ir a pagar sus tasas municipales. Importante destacar que esto es lo que se convierte en obras», detalló Durán.
De acuerdo con información de la alcaldía, son más de 260,000 inmuebles los que están mora en el municipio, totalizando $412 millones de deuda con intereses, mientras que de ese monto $200 millones corresponden solo a deuda.
El concejal Francisco Garay enfatizó recientemente a la población, en la entrevista Frente a Frente, la importancia de aprovechar la actual dispensa para cancelar sin recargo.
«Es importante que la población honre sus impuestos, esto se ve traducido en obras, como la recuperación vial del municipio, es por eso que está vigente una dispensa de intereses moratorios hasta el 15 de agosto», reiteró.
Los ciudadanos pueden hacer sus pagos en las ventanillas habilitadas en la alcaldía de San Salvador Centro. También están habilitados 14 Puntos de Atención Empresarial (PAE) en todo el municipio. En algunos de estos se brinda atención hasta los sábados.
Además, se pueden realizar pagos en línea a través de la plataforma SAIT y por transferencia bancaria, según el procedimiento autorizado para cada caso, siempre y cuando se realice dentro del plazo autorizado.
Como un beneficio adicional, los ciudadanos pueden solicitar planes de pago por hasta 24 meses, que serán estudiados y autorizados por representantes de la alcaldía.
Los requisitos que se deben cumplir para acceder a este beneficio son que exista una deuda tributaria activa como máximo hasta el 30 de abril de 2025, se deberá cancelar una prima del 30 % de la deuda y se establece que el incumplimiento de dos cuotas consecutivas es motivo para que el beneficio quede sin efecto.







