El Tribunal Supremo Electoral (TSE) recordó que la Ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el Extranjero garantiza los derechos y deberes en materia de comicios de los salvadoreños que residen en el exterior.
«A través de ella se promueve su participación en los procesos democráticos, asegurando que su voz también contribuya a la construcción del futuro de El Salvador», señaló el organismo a través de su cuenta en la red social X.
El artículo 1 de dicha normativa establece el derecho de los connacionales de participar en los comicios para elegir de forma democrática al presidente y vicepresidente de la república, a los 60 diputados del congreso y a los miembros de los 44 concejos municipales, entre otros alcances.
«El objeto de la presente ley es garantizar el ejercicio del derecho a votar y postularse a cargos de elección popular de los salvadoreños en el extranjero, en cualquier lugar del mundo para los eventos electorales de El Salvador», detalla el artículo en mención.
Regula también «la implementación de un sistema de votación remota por internet y un sistema de votación electrónica presencial, que garantice el ejercicio libre, igualitario, transparente, personal y secreto del voto de los salvadoreños fuera del territorio nacional».
Las modalidades para que los compatriotas en el extrajero puedan hacer valer su decisión en los próximos comicios están reguladas en el artículo 14, que establece en el literal a) el sufragio mediante voto remoto por internet.
«No requiere la concurrencia del elector a un centro de votación, quedando a discrecionalidad del elector la determinación del equipo y lugar de emisión de su voto (…) podrá ser ejercido por salvadoreños cuyo Documento Único de Identidad (DUI) haya sido emitido dentro o fuera del territorio nacional y que el domicilio en dicho documento sea en el extranjero», explica el articulado.
Mientras, el literal b) refiere al voto electrónico presencial, para el cual se «requiere la concurrencia del elector a un centro de votación, previamente definido por el tribunal, pudiendo ser en oficinas o dependencias diplomáticas y consulares de El Salvador o cualquier establecimiento en el extranjero».
Será deber de los connacionales mantener actualizada su información personal en el DUI o su pasaporte, así como ejercer el voto de forma personal.
El pasado 24 de febrero la Asamblea Legislativa aprobó, con 59 votos, una disposición transitoria para la extensión de plazos para realizar cambio de domicilio en el DUI de cara a las próximas elecciones de 2027. Para el territorio nacional es de dos meses, finalizando el 27 de abril de 2026; y en el exterior podrá hacerse hasta 90 días antes de las elecciones, es decir, 29 de noviembre de 2026.







