Manuel Antonio Vásquez Blanco, alcalde del FMLN en el municipio de Chirilagua, San Miguel, enfrenta un proceso judicial con medidas cautelares por actos graves de contaminación ambiental en esa jurisdicción.
El proceso contra el edil rojo es diligenciado por el Juzgado Ambiental de la ciudad de San Miguel, con el número de referencia 10-2022-MC-R1, y en la primera página del documento se establece que los daños ambientales que le son atribuidos incluso son constitutivos de delitos, por los cuales podría ser procesado penalmente.
Durante la audiencia, Vásquez reconoció que la municipalidad que dirige no tiene la capacidad para controlar que no se viertan aguas negras a los ríos y quebradas. Argumentó que la comuna carece de recursos para atender la problemática ambiental, sin embargo, se mostró a favor de acatar las medidas impuestas por el juez.
En ese sentido, el aplicador de justicia le dio al edil y al concejo plural un plazo de dos meses para elaborar un diagnóstico ambiental del municipio con personal externo y capacitado para dicho fin.
Esa acción estaría acompañada de un plan de limpieza general en los barrios, colonias, cantones, caseríos, zonas verdes, canchas deportivas, cementerios, ríos, quebradas, caminos vecinales y carreteras de dicha jurisdicción.
Otra de las acciones ordenadas fue la limpieza y el retiro de los botaderos a cielo abierto existentes en el municipio, para lo cual se dispuso de un periodo tres meses.
El 11 de septiembre pasado el Gobierno del presidente de la república, Nayib Bukele, inició a escala nacional el Plan Cero Basura, para eliminar todos los botaderos a cielo abierto y reducir la contaminación ambiental.
El juez también ordenó que el alcalde efemelenista retire la propaganda electoral de 2021 que aún está colgada en los postes y zonas públicas de Chirilagua, e instale rótulos con advertencias de imponer sanciones contra quienes tiren basura en los lugares no indicados y generen contaminación.
En ese sentido, la municipalidad debe crear una ordenanza ambiental que prohíba y sancione las faltas que provoquen daños medioambientales y perjudiquen la salud de los habitantes.
Además, debe crear otra ordenanza para regular la protección de los ríos, quebradas o zonas restringidas. Esas actividades estarán a cargo de un comité de medio ambiente, el cual también debe ser creado.
Aparte de las medidas ya mencionadas, la municipalidad deberá construir fosas, pozos de absorción o plantas de tratamiento de desechos sólidos y destinar un predio municipal para el depósito de desechos, como el ripio, evitando así focos de contaminación.
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