René Alberto Rivera Hernández, fue condenado a 91 años de prisión por los delitos de feminicidio agravado de una niña de tres años, y por agresión sexual e intento de feminicidio de otra menor, informó la Fiscalía General de la República (FGR).
La resolución fue dictada por el Juzgado Especializado contra una Vida Libre de Violencia y Discriminación para la Mujer de San Miguel, en donde Rivera Hernández y su compañera de vida identificada Patricia Elizabeth García Castro, enfrentaron el juicio que se extendió durante cuatro días.
García Castro fue sentenciada a 46 años de cárcel y ocho meses por los delitos de comisión por omisión en el delito de homicidio agravado, y por comisión por omisión en el delito de homicidio agravado imperfecto, debido a complicidad en el crimen, ya que no denunció los hechos.

«El tribunal ha considerado la valoración de la prueba testimonial y pericial que se ha reproducido en esta audiencia de vista pública y de igual forma se ha pronunciado en esas medidas de reparación, se ha ordenado a diferentes instituciones a fin de evitar en lo sucesivo que nuestra niñez se vea vulnerada en hechos similares», detalló la fiscal del caso.
Ambos imputados fueron capturados y procesados a raíz de la muerte de una niña luego de una golpiza que le propició Rivera Hernández, quien era padrastro de la menor.
Los hechos sucedieron en enero del año pasado en el barrio El Molino, de la ciudad de Usulután.

En el transcurso de la investigación, la Fiscalía también logró identificar a otra menor en la misma vivienda, la cual presentaba múltiples lesiones, fracturas, con signos de abuso sexual y desnutrición, hechos que también le fueron atribuidos a su padrastro. Esa menor es la hermana gemela de la fallecida.
Además de los años de prisión el juzgado les impuso a la pareja la responsabilidad civil de $2,000 a cada uno de los condenados.