Todo funcionario público debe presentar ante la Sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia su declaración de patrimonio al cese de sus funciones. Los magistrados de dicha sección revisan la declaración para descartar o verificar si hay indicios de enriquecimiento ilícito bajo el mandato que establece la Ley de Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados públicos.
Dicha Ley fue creada en 1959, es decir, tiene más de 50 años de vigor. En 2015, diputados aprobaron una Ley de Probidad, pero esta fue declarada inconstitucional y obligó al órgano judicial formular una nueva Ley. El magistrado Leonardo Murcia confirmó a este medio que en los próximos meses se presentará un anteproyecto de ley ante la Asamblea Legislativa para investigar el patrimonio de funcionarios.
Desde 1959 está vigente la Ley de Enriquecimiento ilícito de Funcionarios y Empleados públicos y se reformó en 1992, sin embargo, al tener más de 20 años de vigor ¿sería válido o no actualizar? ¿Por qué?
Efectivamente tenemos una ley que tiene más de 50 años. Esta ley se emite en 1959, lo cual implica que es una ley preconstitucional, salvo después de los Acuerdos de Paz que se ajustó y se hizo una reforma, pero la ley no cambió. Una ley por ser obsoleta no es mala, lo malo que es que, aunque sea nueva tenga un contenido que no vaya con la realidad concreta.
Resulta que esta ley, tanto por la ley y por su estructura, sí ha caído en obsolescencia y la Sala que abordó, vía un recurso ese tema, también señaló que debía crearse y formularse una propuesta.
La Sala declaró inconstitucional la Ley de Probidad aprobada en diciembre de 2015 por los diputados tras admitir una demanda en la que se alegaba que esta ley pretendía sustituir a la actual Ley de Enriquecimiento ilícito y que promover una nueva ley le correspondía al órgano judicial y no legislativo. Han pasado ya 5 años, ¿Por qué no se ha promovido una nueva ley? ¿Se pretende este año promover una ley de probidad?
Desde finales del 2019 y parte del 2020 empezamos a trabajar, tanto este servidor como el magistrado Sergio Rivera fuimos llamados para que presidiéramos comisión expresa de parte del presidente de la Corte para que atendiéramos esta particularidad y la dirigiéramos.
Estamos más o menos a las puertas de estar dándole un buen producto al país. Hemos trabajado durante este tiempo, en condiciones anormales, con consultor en la formulación de un anteproyecto.
Hemos trabajado con organizaciones de la sociedad civil, organismos que han venido trabajando con temas de transparencia y anticorrupción quienes han tenido la oportunidad de dar un aporte importante.
¿En qué etapa se encuentra este anteproyecto?
Estamos en el momento de revisión de su contenido, ya la Corte Plena tuvo algunas sesiones de revisión donde se le ha ido presentando los articulados de cara a que Corte valide ese proyecto. Se esperaba que en diciembre tuviéramos el producto validado porque la otra etapa es pasarlo a la sociedad civil organizada para que puedan conocerlo y hacer aportes sustanciales para ser incorporados.
Luego, al tener el documento final pasarlo a la Asamblea Legislativa para que lo apruebe.
Estamos en una coyuntura política complicada no sabemos cuáles serán las reacciones de los diferentes partidos políticos porque no estamos en ese medio, somos jueces y políticos son políticos y miran las cosas desde otros ángulos.
Estamos en proceso y espero lo hagamos antes de las elecciones, aunque después de las elecciones se presente a la Asamblea.
¿Cuáles son las principales diferencias de este anteproyecto a la ley actual? ¿No era menos complicado trabajar la propuesta que presentó la Asamblea en 2015?
Esta ley que se está formulando conlleva elementos abordados en propuestas anteriores, la gran diferencia, salvo el de la Asamblea, no tuvieron la suerte de ver la luz de día e ingresar a la Asamblea. No es contradictorio lo que se está trabajando con la propuesta de la Asamblea, pero sí es complementario.
En este proceso de formulación hemos desarrollado la jurisdicción especial para tratar los temas de enriquecimiento ilícito. La Corte dice que hay indicios de Enriquecimiento y lo traslada a la Cámara de lo Civil, pero la ley debe decir cuál es el tribunal competente.
¿Qué pasará si la Asamblea no lo aprueba?
Puede haber diversas situaciones. Una es que se retrase y comiencen las discusiones porque en Asamblea no se pongan de acuerdo, o sí lo hacen, pero el presidente de la República la veta, entramos en periodo de transición y vetada la ley no hay manera de superarla y deben tocarla.
Tocar el proyecto de ley y hacer otra caemos en el mismo problema y seguiremos con la misma. Pueden surgir varias cosas. Nuestra responsabilidad es presentarla.