Fue el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Óscar Armando Pineda, quien confirmó este día, a través de los medios de comunicación, que ya existe un fallo de la Sala de lo Constitucional que se refiere a las restricciones al ingreso de personas a El Salvador, incluyendo aquellos viajeros que provienen del Reino Unido y Sudáfrica.
El fallo de la Sala establece que no se puede negar el ingreso a ninguna persona que reside en El Salvador, sea salvadoreño por nacionalidad o por nacionalización. Este fallo también incluye a los extranjeros residentes en el país.
«Como está el derecho fundamental a la salud, también hay derechos de otro tipo que tienen todos que equilibrarse y poder pues tener cualquier legislación, apoyada sobre lo que lo dice la constitución de la república. Es decir, hay herramientas legales ya establecidas, para que pueda procederse en lo que sea aplicable, sobre todo, manteniendo el respeto a la constitución de los derechos», explicó el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Óscar Armando Pineda.
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Cabe mencionar, que el pasado domingo, 20 de diciembre, el presidente de la república de El Salvador, Nayib Bukele, ordenó desde su cuenta oficial de Twitter, que desde ese día quedaba «prohibido el ingreso de personas que su itinerario de vuelo haya incluido el Reino Unido o Sudáfrica o que haya estado en alguno de esos dos países en los últimos 30 días». Sin embargo, la medida establecida por el Órgano Ejecutivo se refiere únicamente a viajeros no nacionales.
«A partir de ahora, queda prohibido el ingreso a nuestro país, de cualquier persona que su itinerario de vuelo haya incluido el Reino Unido o Sudáfrica o que haya estado en alguno de esos dos países en los últimos 30 días», informó Nayib Bukele.