La comisión de la mujer e igualdad de género acordó ayer emitir dictamen favorable para reformar los artículos 50 y 51 de la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres (LEIV), en el sentido de incrementar las penas carcelarias por difundir información o pornografía sin consentimiento que atente contra las mujeres.
La redacción actual del artículo 50 establece una pena de entre uno a tres años de cárcel por difundir información sin consentimiento y que dañe la integridad de la mujer. Con la reforma, las penas incrementarán de tres a cinco años.
Además, la normativa no establecía si las penas debían ser castigadas con cárcel o no. La nueva redacción establece que será con cárcel.
La diputada Alexia Rivas, presidenta de la comisión, expresó que con las reformas aprobadas se garantizará la protección de las mujeres salvadoreñas.
«Los jueces, ante este vacío, se excusaban y decían que como la LEIV no establecía si era pena con cárcel, optaban por otras medidas. Hoy, con las reformas, ya tendrán que aplicar la justicia», sostuvo.
Le recomendamos: Agende su vacunación contra la COVID-19 en modalidad autoservicio con estos sencillos pasos
La segunda reforma propuesta es al artículo 51 de la misma ley, relativo a la distribución de pornografía, para aumentar la pena de entre cinco a 10 años. Las diputadas de la comisión expresaron que este apartado era importante atenderlo y reformarlo.
En la normativa actual, la pena es de cuatro a ocho años, pero con la reforma incrementará. También se amplía si el material pornográfico difundido fue obtenido mediante una relación de poder o confianza.
Sobre este elemento, la diputada Marcela Pineda explicó que en muchas ocasiones un hombre en situación de superioridad se aprovecha para obtener imágenes privadas de una mujer y difundirlas.
El dictamen de la comisión pasará al pleno para su aprobación y entrada en vigor de la nueva normativa jurídica. La apuesta es construir una política que respete la integridad de las mujeres.