La comisión de tecnología, turismo e inversión ingresó tres iniciativas para crear leyes que regulen el funcionamiento de los bancos, las cooperativas, las asociaciones de crédito y ahorro por medio de la Superintendencia del Sistema Financiero.
«Damos por recibidos estos expedientes que van a estar en estudio en esta comisión», detalló la presidenta de dicho grupo de trabajo legislativo, Dania González, quien el viernes pasado anunció que la sesión quedaba abierta para continuar el análisis.
Las tres iniciativas que buscan en esencia generar más control en las operaciones de las cooperativas, con el propósito de proteger a los usuarios, las envió el 16 de julio la ministra de Economía, María Luisa Hayem.
Una de esas propuestas se denomina ley de bancos y cooperativas, y consta de 164 artículos y deberá ser del cumplimiento de las asociaciones o sociedades cooperativas de ahorro y crédito que estén constituidas, cuya suma de depósitos y aportaciones exceda los $25 millones.
Dichas entidades deben tener un capital social no menor a $5 millones y para captar fondos del público deben estar constituidas por un número de asociados no menor a 100.
La nueva normativa propone exigir a estas entidades que establezcan una reserva legal. Este es un fondo que resguardará el Banco Central de Reserva (BCR) y servirá para cubrir las pérdidas que se produzcan en un ejercicio económico para responder a las obligaciones con terceros.
La reserva legal establecida para estas entidades será del 20 % de sus utilidades anuales hasta alcanzar como mínimo el 50 % de su capital social pagado.
En la sesión, la comisión leyó todos los artículos de la nueva normativa. La segunda iniciativa es la creación de la ley especial de sociedades de ahorro y crédito, integrada por 175 artículos, y se basa en principios internacionales de regulación y supervisión financiera, a fin de crear un sistema financiero sólido con un manejo prudente de los riesgos.
Las entidades normadas en este proyecto de ley operarán como sociedades anónimas de capital fijo, dividido en acciones nominativas, con no menos de 10 accionistas.
Por otra parte, deberán tener un capital social pagado que no será inferior a los $4 millones, que será revaluado cada dos años, tomando en cuenta el índice de precios al consumidor y la opinión del BCR.
Este grupo de entidades financieras deberá tener una reserva legal de por lo menos el 25 % de su capital pagado, que se constituirá con la aportación de cada institución que la conforma, procedente del 10 % de sus utilidades anuales. Por otra parte, deberá contar con una reserva de liquidez del 25 % de los depósitos, que estará disponible sin restricciones, será libre de impuestos e inembargable.
La tercera iniciativa busca la creación de la ley de federaciones y cooperativas de ahorro y crédito, con 13 artículos, y su finalidad será fortalecer el carácter privado y la naturaleza de las cajas de crédito rurales, los bancos de trabajadores y las federaciones a las que pertenecen cada una.
Las entidades reguladas en esta iniciativa serán las conformadas por 10 o más sociedades o asociaciones cooperativas afiliadas que prestan servicios financieros en áreas urbanas y rurales, principalmente para familias de bajos y medianos ingresos y a las micro, pequeña y medianas empresas de los diferentes sectores económicos.
Establece que las federaciones pagarán un capital social no menor a los $10 millones y que las federaciones no concederán créditos ni asumirán riesgos por más del 30 % de su fondo patrimonial con una misma cooperativa afiliada.
«La población debe tener plena certeza y seguridad de que vamos a hacer un excelente trabajo en este estudio para dar una mayor estabilidad a todas las personas, los ahorrantes de las diferentes cooperativas. Vamos a regularlo de la mejor manera para salvaguardar los intereses de la población salvadoreña», dijo González.
PROCESO GRADUAL
En las tres iniciativas de ley se establece un proceso gradual de adaptación de todas las entidades financieras normadas, las cuales presentarán a la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) una solicitud de elegibilidad con los requerimientos establecidos para cada caso.
La SSF podrá requerir más documentos en los 30 días posteriores a la solicitud y podrá emitir una resolución en 20 días, después de cumplir los requisitos.
Todas las entidades financieras reguladas por estas tres leyes, además de someterse a la regulación de la SSF y las normas del BCR, cumplirán las disposiciones establecidas en la Ley contra el Lavado de Dinero y Activos, así como lo relacionado a la financiación del terrorismo y la financiación de la proliferación de armas de uso masivo.







