La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), declaró este martes 9 de febrero «improcedente» el recurso presentado en contra la inscripción de candidatura de la diputada reelecta de ARENA, Margarita Escobar, por parte del Tribunal Supremo Electoral.
La demanda fue interpuesta por la ciudadana Lea Abigail Rodríguez de Castillo el pasado 16 de febrero del presente año; en ella, se solicitaba a la Sala que declarase inconstitucional la resolución del TSE.
En ella, la demandante explicaba que «la resolución impugnada el TSE omitió documentar y verificar si la señora Ana María Margarita Escobar López cumple o no con el requisito establecido en el art. 126 Cn., en lo referente a la ‘notoria honradez’».
Agrega que la candidata «ha sido amplia y reiteradamente señalada en el tema de cobros indebidos de sobresueldos y omisión del pago del correspondiente impuesto sobre la renta» y que «dichos señalamientos gozan de notoriedad habida cuenta que han sido publicitados a la población en general a través de televisión abierta, entrevistas, redes sociales y periódicos tanto digitales como impresos».
En respuesta, la Sala resolvió «declarar improcedente», debido a que «la pretensión se planteó sin observar las exigencias del artículo 208 inciso 4° de la Constitución, en cuanto a la función jurisdiccional del tribunal citado, como autoridad máxima en materia electoral, al no ejercitarse el recurso de nulidad de acuerdo con las condiciones legalmente previstas».
La diputada reelecta de ARENA ha sido señalada por el abogado Ricardo Martínez de haber recibido al menos $300,000 en sobresueldos durante los cinco años de la administración de Elías Antonio Saca (2004-2009).
Martínez interpuso ante la Fiscalía General de la República (FGR) una demanda en contra de la legisladora el mes pasado, afirmando que esta también incluía al partido ARENA para «demostrar que otros exfuncionarios de Saca también recibieron sobresueldos».