El Tribunal Tercero contra el Crimen Organizado de Santa Ana, condenó a nueve miembros de una red de tráfico ilegal de personas quienes prometieron a varias víctimas llevarlas a Estados Unidos a cambio de diversas cantidades de dinero que debían pagar anticipadamente.
En las pesquisas realizadas por la Fiscalía General de la República se determinó que la estructura llegó a cobrar hasta $16,000 a algunas víctimas, según la declaración que proporcionaron mediante entrevistas.
Entre los imputados, el ministerio público menciona a Evelyn Mercedes Gavarrete de Carrillo, abogada y notaria, el subinspector Edgar Vladimir Prado Ortiz, el agente José Óscar García Diaz y Carlos Hernández González, exconcejal de la alcaldía de Ilobasco, (2015-2018).
«Estas personas son comisionistas ya que cobran por proporcionar víctimas a estas redes de traficantes y también se lucran del mismo» detalló una fiscal de la Unidad Especializada de Delitos de Tráfico Ilegal y Trata de Personas.
Según la representante de la Fiscalía, «estas personas colaboran también en la adquisición de bienes en materializar los pagos de las víctimas». La estructura fue enjuiciada por siete casos de tráfico ilegal de personas, además del delito de agrupaciones ilícitas.
En la vista pública el ministerio público presentó testimonio de las víctimas quienes expusieron la forma en la que fueron contactados por miembros de la red y el ofrecimiento que les hicieron para viajar de una forma segura a Estados Unidos.
El tribunal procesó como reos ausentes a José Rafael Martínez Escobar, señalado de ser el cabecilla de la estructura junto a su hermano Juan Francisco Martínez Escobar, encargado de la logística, y los guías Erick Domingo Molina López, Juan Carlos Peña Escobar y Luis Alonso Brito, los cinco fueron condenados a 10 años de prisión, por tráfico ilegal de personas y tres por agrupaciones ilícitas.
Mientras que al subinspector Prado Ortiz y el agente José Óscar García Díaz, el tribunal les modificó el delito a tráfico de influencia, condenándolos a tres años de prisión reemplazados por trabajo de utilidad pública y la inhabilitación especial para ocupar cargos o empleos públicos durante el mismo tiempo.