La Dirección de Auditoría Siete de la Corte de Cuentas de la República (CCR), en su informe del 1.º de enero al 31 de diciembre de 2018, señala que en la auditoría financiera efectuada a la alcaldía de Ilopango encontró cinco hallazgos de incumplimiento.
Uno de los señalamientos es que la alcaldía hizo a sus empleados descuentos salariales de ley y otros derivados de instituciones financieras; sin embargo, no fueron trasladados en tiempo a bancos y cooperativas. «Comprobamos que la municipalidad efectúa el pago extemporáneamente de los descuentos ordenados por ley y descuentos derivados de instituciones financieras con un promedio de 10 días de atraso después de haber finalizado el mes en que corresponde el pago, como las cuotas alimenticias solicitadas por la Procuraduría General de la República», señala el informe de auditoría.
La CCR solicitó explicaciones a la municipalidad con respecto a este hallazgo. El concejo municipal en pleno contestó que «no era el responsable de elaborar planillas para la ejecución de descuentos del personal, y de la remisión de los mismos a las distintas instituciones». Los auditores refutaron ese argumento y sentenciaron que el concejo «tuvo conocimiento de esta condición de insolvencia financiera».
El informe de auditoría también señala que la comuna incumplió su deber legal de enviarle en tiempo la información financiera contable a la Dirección General de Contabilidad Gubernamental del Ministerio de Hacienda, tal como exige la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado. La comuna justificó que el atraso se debió a que era una alcaldía piloto del Sistema de Administración Financiera Municipal, y eso generaba dificultades para ingresar la información en línea.
Los auditores de la CCR hicieron notar que estas demoras en la entrega de información fueron constantes en 2017 y 2018, por lo que «el tiempo de atraso en la remisión de la información de los cierres mensuales y anuales es considerablemente significativo». Otro de los señalamientos hechos por los auditores tiene que ver con deficiencias en la ejecución del proyecto Recuperación y Mantenimiento de Calles del Municipio de Ilopango 2018. Según la CCR, la comuna fraccionó y compró por libre gestión mezcla asfáltica para no pasar el proyecto por licitación.

La información financiera detalla que la municipalidad solo podía comprar por libre gestión un monto equivalente a 160 salarios mínimos, es decir, $48,000; sin embargo, la adquisición efectuada por libre gestión fue de $148,683.94, lo cual representa un exceso de $100,683.94, el cual debió pasar por licitación.
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Los auditores, además, detectaron que la alcaldía de Ilopango compró materiales pero nunca los usó en el proyecto antes mencionado. «Se adquirieron en exceso materiales de construcción que no fueron utilizados en las obras ejecutadas, por un monto $11,225.55, sin evidenciar en qué fueron usados dichos materiales», reza el informe de auditoría de la CCR.
La municipalidad respondió a este hallazgo que las compras fueron hechas con base en la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (Lacap), la cual no regula las obras de construcción bajo el sistema de administración de los concejos municipales.
Sin embargo, los auditores de la CCR consideraron que las justificaciones de la municipalidad carecían de validez porque «las compras de mezcla asfáltica en frío y de emulsión asfáltica CSS-1 H se realizaron bajo la modalidad de libre gestión, adquirida a un mismo proveedor, superando el monto de los 160 salarios mínimos, lo cual ameritaba que se realizara licitación pública, ya que, según cronograma de trabajo del proyecto Recuperación y Mantenimiento de Calles del Municipio de llopango, tenían establecido la compra desde enero, y por semana, hasta diciembre, por lo que sabían el período de ejecución de la obra y mes que se ocuparía la mezcla».
Asimismo, la CCR concluyó que no existen registros ni evidencia suficiente y adecuada que permitan verificar la existencia de los materiales y posterior utilización en las obras en mención. La CCR también cuestionó otro proyecto que consistió en la construcción de aceras peatonales frente a la comuna, por un monto de $12,576.80.
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La auditoría encontró que el proyecto fue aprobado por acuerdo administrativo, a pesar de que el Código Municipal establece que las obras deben pasar por aprobación del concejo municipal. En este tema, la alcaldía respondió que la obra está dentro del programa de trabajo de la gestión municipal y del presupuesto de 2018 aprobado por el concejo municipal.
Los auditores consideraron que la justificación de la municipalidad no era válida, porque, aunque la obra estaba incluida en el plan de trabajo anual, esto no eximía a la comuna de haber elaborado la carpeta técnica del proyecto y someterla a acuerdo del concejo.
En el informe de auditoría también se expone que la municipalidad no cumplió con cinco recomendaciones hechas por la CCR en 2016, lo cual debilita el control interno administrativo y financiero de la alcaldía, además de generar incumplimiento a lo establecido en la Ley de la Corte de Cuentas de la República.
La CCR hizo señalamientos similares a las municipalidades de San Salvador y Santa Techa en cuanto a retenciones de cuotas laborales de los empleados municipales que en algunos casos no fueron canceladas a las instituciones pertinentes.